La cláusula suelo en una hipoteca impide a los afectados beneficiarse de las caídas del euríbor en su cuota. Son legales, aunque la justicia ha considerado ilegales algunas de ellas por tener un carácter abusivo. 

Cláusulas abusivas hipotecarias en Madrid

Madrid digitalizará la tramitación de las demandas de las cláusulas abusivas de las hipotecas

La Comunidad de Madrid se prepara para automatizar las reclamaciones de los consumidores contra la banca por las cláusulas abusivas de las hipotecas. El Gobierno regional está desarrollando un programa informático destinado a agilizar la tramitación de las demandas, con el objetivo de reducir costes administrativos y minimizar errores. Con la llegada de la Ciudad de la Justicia al barrio de Valdebebas, dejará de operar la sede judicial ubicada en la calle Princesa y el Ejecutivo espera que su labor pueda asumirla una sola unidad. Todavía hay más de 50.000 expedientes en trámite y siguen llegando casos.
Tribunal Supremo

El Supremo anula la cláusula suelo de una hipoteca incluso con acuerdo entre banco y cliente

El Tribunal Supremo vuelve a inclinar la balanza a favor de los consumidores en un caso de cláusulas abusivas de las hipotecas. En concreto, ha determinado la nulidad de una cláusula suelo y una cláusula techo de un préstamo firmado en 2008, a pesar de que años más tarde banco y cliente llegaron a un acuerdo para eliminar dichas cláusulas a cambio de que el consumidor no reclamara. Pero el Alto Tribunal considera que tal pacto no fue fruto de un consentimiento “libre e informado”, por lo que condena a la entidad a devolver casi 1.800 euros al afectado, más los correspondientes intereses legales.
Archivo - Recurso negocios, dinero, calculadora, hacienda, recaudación, IRPF

Europa dice que el plazo para reclamar gastos hipotecarios arranca cuando se sabe su carácter abusivo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirma que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios no empezará a correr antes de que un consumidor conozca el carácter abusivo de una cláusula contractual y señala que el plazo de prescripción de diez años (para Cataluña) y de cinco años (para el resto de España) solo puede aplicarse si el consumidor pudo conocer sus derechos antes de que dicho plazo empezase a correr o expirase. Además, confirma que el plazo de prescripción no debe contar desde la primera sentencia del Supremo de diciembre de 2015. 
Sentencia judicial

La Abogada del TJUE respalda las 'macrodemandas' contra la banca por las cláusulas suelo

La Abogada General de la Unión Europea ha respaldado que las demandas colectivas de los consumidores para llevar a cabo un control de la transparencia de las cláusulas suelo de las hipotecas que determine si tienen o no un carácter abusivo. La letrada defiende los procedimientos colectivos contra el sector financiero, siempre que se cumplan algunos requisitos, como que las cláusulas contractuales sean similares y se garantice el derecho de cada entidad a la tutela judicial efectiva. La opinión del Abogado General no es vinculante para el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), aunque la mayoría de las sentencias suele coincidir con sus dictámenes.
Cláusulas abusivas hipotecarias

Gastos de hipoteca: no prescribe su reclamación este mes de enero de 2024

Están encendidas las alarmas por internet y por las redes sociales sobre el plazo de prescripción para reclamar el importe abonado en concepto de gastos de hipoteca: algunos expertos señalan que dicho plazo finaliza el próximo 23 de enero de 2024. Pero la respuesta es que no. Carmen Giménez, abogada titular de G&G Abogados, señala que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios, en el peor de los escenarios, finalizaría el próximo 14 de abril de este año. Y este plazo de prescripción puede ser interrumpido en cualquier momento mediante un burofax o una reclamación extrajudicial.
Oficina de BBVA

BBVA, condenado a pagar 4.000 euros a un cliente por la nulidad de los gastos de su hipoteca

El Juzgado de Primera Instancia nº 50 bis de Barcelona ha condenado a BBVA a abonar a un consumidor un importe de 2.973 euros, por la nulidad de la cláusula del contrato hipotecario que establecía los gastos de formalización del préstamo, más los correspondientes intereses, que ascienden a más de 1.000 euros. Según el portal de servicios legales reclamador.es, se trata de una sentencia muy importante, ya que "establece que no hay prescripción" y además declara nula la cláusula de intereses de demora, "debiendo la entidad bancaria eliminar ambas cláusulas abusivas e indemnizar al afectado".
IRPH: estas son las conclusiones del abogado de la UE explicadas de manera sencilla

El TJUE saca los colores a la banca: "Deben ser proactivos para anular las cláusulas abusivas"

Los bancos tendrán que tomar una actitud proactiva a la hora de cancelar las cláusulas abusivas de los contratos que mantienen con sus clientes para evitar se condenados en costas durante el proceso de reclamación judicial, según se desprende de las conclusiones de una sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. "Cuando en jurisprudencia nacional reiterada se han declarado abusivas determinadas cláusulas tipo, cabe igualmente esperar de las entidades bancarias que tomen la iniciativa de ponerse en contacto con sus clientes cuyos contratos contengan tales cláusulas, antes de que estos presenten demanda, para anular los efectos de esas cláusulas".
Una mujer señala una escritura de compraventa de una hipoteca, a 30 de mayo de 2022, en Madrid (España).

Europa permite reclamar una compensación 'extra' a la hipoteca por las cláusulas abusivas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha afirmado en una nueva sentencia que el derecho de la UE no se opone a que, en caso de que se haya anulado un préstamo hipotecario por tener cláusulas abusivas, los consumidores reclamen al banco una compensación que exceda el reembolso de las cuotas mensuales abonadas. En cambio, no permite que los bancos puedan reclamar una compensación 'extra'.
Tribunal Supremo

El Supremo aclara: la comisión de apertura de una hipoteca puede ser válida si hay transparencia

El Tribunal Supremo ya se ha pronunciado sobre si la comisión de apertura de una hipoteca es o no abusiva. El alto tribunal tenía que establecer su criterio al respecto después del fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 16 de marzo en el que consideraba abusiva esta comisión. Ahora, el Supremo señala que hay que analizar la comisión de apertura caso por caso, pues en el asunto concreto analizado se cumplen los requisitos de transparencia. Además, descarta la necesidad de que los bancos tengan que justificar que dicha cláusula se ha destinado a un servicio efectivamente prestado.