Quedan pocos días para cumplir con la nueva obligación vinculada al Registro Único de Arrendamientos (RUA) de viviendas en alquileres de corta duración. El próximo 2 de marzo finaliza el plazo para presentar el nuevo modelo informativo anual obligatorio correspondiente a los arrendamientos vacacionales, de temporada o de habitaciones.
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana aprobó por Orden Ministerial este nuevo modelo en desarrollo del Real Decreto que regula el procedimiento del Registro Único de Arrendamientos. La obligación afecta a los alquileres de corta duración, no solo turísticos y vacacionales, sino también aquellos a los de temporada, destinados a fines laborales, de estudios o incluso uso por tratamientos médicos.
El pasado mes de enero, el Colegio de Registradores recordaba a los propietarios la necesidad de su cumplimentación y presentación ante el Registro de la Propiedad. Sin embargo, a escasos días de que expire el plazo, se estima que más del 45% de los propietarios aún no han cumplido con esta obligación, en muchos casos por desconocimiento o falta de información.
Durante el último año se registraron en España 412.253 solicitudes de registro del NRUA, mayoritariamente correspondientes al alquiler turístico, un total de 320.620, lo que evidencia el alcance real de esta nueva obligación formal.
Desde el despacho de abogados Emede ETL Global recuerdan que deben presentar el modelo todos aquellos propietarios que hayan obtenido ya un número de Registro Único de Arrendamientos (NRUA). La declaración debe incluir:
- Listado individual de los arrendamientos realizados en el año precedente.
- Finalidad del alquiler (laboral, vacacional, etc)
- Número de huéspedes
- Fecha de entrada y salida.
Francisco Campoy, socio del despacho, subraya que la obligación subsiste incluso cuando el inmueble no haya sido arrendado en modalidad de corta duración durante el ejercicio 2025, debiendo presentarse igualmente el modelo sin contenido.
El modelo, que incorpora formato XBRL, puede presentarse telemáticamente o en papel en el Colegio de Registradores de la Propiedad, y, según el propio Ministerio de Vivienda, busca aportar transparencia y facilitar el control del impacto de los alquileres turísticos en el mercado residencial.
Cada modelo tiene un coste de 27,05 euros que se debe realizar en el Registro en el cual se expide el depósito.
Las consecuencias de no cumplir con esta nueva obligación
La cuestión verdaderamente relevante son las consecuencias de su incumplimiento: la falta de presentación en plazo puede determinar la revocación del NRUA y, por tanto, la imposibilidad de comercializar el inmueble en plataformas en línea como Airbnb, Booking o Rentalia.
Sigue toda la información inmobiliaria y los informes más novedosos en nuestra newsletter diaria y semanal. También puedes seguir el mercado inmobiliario de lujo con nuestro boletín mensual de lujo.








3 Comentarios:
Qué ocurre si adquiero una vivienda después de esa fecha y quiero alquilarla, ¿podré inscribir la vivienda entonces?
¿Qué ocurre con las viviendas adquiridas después de esa fecha?
Es un chiste que haya que pagar por el informe de actividad
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta