La actualización anual de los contratos de alquiler vuelve a depender del IPC (3,2%) y del IRAV (2,4%)

El Real Decreto-ley que mantuvo un tope del 2% a las renovaciones que correspondían decayó en el Congreso a finales del mes de abril
La actualización anual de los contratos de alquiler vuelve a depender del IPC y del IRAV
Las subidas anuales que apliquen los caseros a los inquilinos con los índices de abril serán de las más altas de los últimos años idealista

Tras el fiasco del Gobierno con el decreto que pretendía prorrogar los contratos de alquiler de larga duración que finalizaran antes de diciembre de 2027 y aplicar un tope del 2% en la actualización anual de los contratos en vigor, aquellos arrendamientos firmados tras la Ley de Vivienda a los que en breve les toque actualizar su renta anual van a tener que asumir una subida del 2,4% (índice IRAV), que se traduce en unos 280 euros más el próximo año. Mientras que los que sigan ligados al IPC (3,2% en abril), tendrán un incremento anual de casi 380 euros.

Apenas ha durado un mes el tope del 2% impuesto por el Gobierno de Pedro Sánchez a la renovación anual de los contratos de arrendamientos de vivienda habitual tras decaer el Real Decreto-ley 8/2026, de medidas en vivienda para hacer frente a la guerra en Irán.

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El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha confirmado que el Índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler (IRAV) se situó en el 2,4% en abril, por debajo del 2,47% de marzo. Pese a esta bajada de siete centésimas, este índice acumula 11 meses consecutivos por encima del 2%.

Tanto propietario como inquilino deben tener en cuenta al IRAV si su contrato de arrendamiento se firmó tras el 26 de mayo de 2023, fecha en la que entró en vigor la Ley de Vivienda. Por lo tanto, aquellos propietarios que tengan que avisar a sus inquilinos durante el próximo mes de que se producirá la actualización anual del contrato firmado, que supondrá un incremento medio de unos 280 euros más el próximo año, superando los 1.000 euros al mes de renta media nacional, con los cálculos de idealista/data, la ‘proptech’ de idealista.

En capitales con destacados mercados de la vivienda de alquiler, el incremento medio de la renta será superior al contar con precios medios de las rentas más altos con los que calcular esa subida del 2,4% anua. En Barcelona, la subida se acerca a los 390 euros anuales; casi 375 euros en Palma; los 360 euros (30 euros/mes) en Madrid o San Sebastián o los casi 350 euros en Valencia.

Contratos en vigor vinculados a la inflación

Por su lado, los contratos que se firmaron antes de mayo de 2023 seguirán actualizando su renta anual con el dato del IPC o del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), según conste en el contrato de alquiler firmado.

La tasa inflación se ha moderado en abril al 3,2%, dos décimas por debajo del IPC del mes pasado, pero confirmando el segundo dato más alto desde junio de 2024. E l IPC encadena dos meses consecutivos por encima del 3% tras el inicio de la guerra en Irán a finales de febrero.

Con los cálculos de idealista/data, el incremento medio de los contratos de arrendamiento de larga estancia sujetos al IPC rozará los 380 euros al año. En los grandes mercados antes citados, las rentas crecerán por encima de los 500 euros anuales en Barcelona y Palma, alcanzando los 480 euros de subida anual en Madrid y San Sebastián o los 460 euros en Valencia.

2 Comentarios:

Guillermo
14 Mayo 2026, 14:40

Gracias David por el artículo. Interesante análisis sobre cómo vuelve a impactar el IPC en las actualizaciones del alquiler. Al final, la inseguridad regulatoria afecta tanto a propietarios como a inquilinos.

Por cierto, la vivienda que aparece en la foto del artículo está actualmente en venta aquí: https://www.idealista.com/inmueble/111022763/

ONARA HABITAT
15 Mayo 2026, 9:58

Tenia leído que para contratos con el indice IPC como indice de referencia para las actualizaciones de renta, aunque asi se especifique en el contrato, será de aplicación el IRAV siempre que el indice IPC sea mayor que el IRAV. Es esto correcto?

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