El Congreso rechaza otra vez el decreto antidesahucios y deja la moratoria sin efectos jurídicos

El Pleno de la Cámara Baja ha tumbado el Real Decreto-ley 2/2026 que incluía la suspensión de los desahucios y la prohibición de cortar suministros básicos a familias vulnerables
Pleno del Congreso de los Diputados
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El Congreso de los Diputados ha vuelto a tumbar el escudo social y deja sin efectos jurídicos la moratoria antidesahucios, que ha estado vigente desde la pandemia. 

El Pleno de la Cámara Baja ha votado este 26 de febrero el decreto que aprobó el Gobierno a principios de mes y que incluía una nueva prórroga de la suspensión de los desahucios y lanzamientos por impago de alquiler de las familias vulnerables sin alternativa habitacional hasta el 31 de diciembre, así como la prohibición de cortarles los suministros básicos del hogar. 

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Tal y como estaba previsto, el texto no ha salido adelante tras recibir 177 votos en contra, 172 a favor y 1 abstención. En la caída del escudo social ha sido clave el papel de Junts, PP y Vox, que ya habían confirmado durante el debate previo a las votaciones su negativa. 

El Real Decreto-ley 2/2026 fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 3 de febrero y entró en vigor dos días más tarde, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pero tenía que ser sometido a votación en el Congreso de los Diputados en un plazo de 30 días para acordar su convalidación o derogación. En las últimas semanas, Junts había adelantado su 'no' a la prórroga de la suspensión de los desahucios, al considerar que el texto el texto avala las okupaciones; y se esperaba que PP y Vox también votaran en contra. 

Esta es la segunda vez que el Parlamento tumba la paralización de los desahucios en un mes, tras una primera negativa parlamentaria al 'decreto ómnibus' a finales de enero, con los votos de PP, Vox, Junts y UPN.

En este nuevo texto, no obstante, el Gobierno había introducido un cambio sustancial, tras pactarlo con el PNV, por el que las personas propietarias de dos o menos viviendas con inquilinos declarados vulnerables no estaban afectadas por la suspensión de los desahucios, de forma que corresponderá a los servicios sociales competentes la búsqueda de una alternativa habitacional de emergencia para los arrendatarios. Por tanto, solo tenía efectos en los grandes propietarios.

La caída del escudo social debe hacerse oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y dejará de tener efectos jurídicos de forma inmediata (habitualmente el día posterior a su publicación), al igual que la posibilidad de que los propietarios puedan solicitar una compensación económica a la Administración por el importe que han dejado de percibir vía rentas.

"Lo que queda por delante es todo incertidumbre"

De momento, hay dudas sobre cuál es el plazo límite que tienen los propietarios para solicitar una compensación económica. Si la no convalidación del RDL 2/2026 se publica el 27 de febrero en el BOE y se fijan los efectos de su entrada en vigor el día posterior a su publicación, se podría interpretar que este mismo 27 de febrero es el último día que tienen los propietarios para reclamar la indemnización económica. 

Fuentes inmobiliarias explican a idealista/news que, tras la caída del decreto del escudo social, "lo que queda por delante es todo incertidumbre. Para los grandes propietarios, el levantamiento de suspensión no es automático, ya que hay que seguir los trámites de la Ley de Vivienda, que exige presentación de informes de servicios sociales, actuaciones de intermediación y conciliación y períodos mínimos de suspensión. Y estos trámites, que pueden llegar a durar hasta ocho meses, no tienen cobertura alguna; es decir, no hay compensaciones para esta nueva fase de 'suspensión'”. 

Por otro lado, añaden, "las compensaciones solicitadas tienen que seguir su tramitación, y en esto existen mucha casuística. Sobre todo, cuando la compensación se solicita antes de recuperar la posesión, que va a ser el caso de muchos propietarios que, ante la expectativa de que el plazo acabara definitivamente, han presentado las solicitudes en las últimas semanas, sin haber recuperado aún su vivienda. Algunas CCAA están reconociendo la compensación hasta la fecha de solicitud, pero no actualizan el pago para cubrir todo el tiempo que la suspensión se ha mantenido. Por tanto, quedará un vacío entre la no convalidación y la fecha en la que efectivamente se haga efectiva la recuperación de la posesión, que con casi toda seguridad no estará cubierto". 

“Ha sobrepasado cualquier límite de la lógica legislativa”

La Plataforma de Afectados por la Ocupación (PAO) celebra el fin de la moratoria, sobre la que había mostrado un rechazo frontal. Según la PAO, estaba provocando una “situación que ha sobrepasado cualquier límite de la lógica legislativa: este decreto vuelve a renovarse por séptimo año consecutivo, una cifra que despoja a la medida de toda excepcionalidad y temporalidad”. Recordemos que el escudo social se aprobó en plena pandemia sanitaria con un carácter excepcional, pero desde entonces se ha ido prorrogando de forma sistemática año tras año. 

La plataforma llevaba varias semanas alertando de que el pacto entre el Gobierno y el PNV solo eximía a los pequeños propietarios en futuros casos de impago de alquiler, y que los procedimientos de desahucio o lanzamiento que se encontraran suspendidos fecha de 27 de enero de 2026 -fecha en la que decayó el primer intento de prórroga-, continuaban suspendidos, como detallaba la Disposición Transitoria Única del decreto. Para la PAO, esta disposición transitoria no solo suponía un “engaño” para todos los afectados por la inquiocupación, sino que, con ella, el Gobierno seguía sin asumir sus responsabilidades con las familias vulnerables, a quienes debe proporcionar una solución habitacional. 

“No estamos ante un simple descuido administrativo, sino ante un abandono consciente. La protección social debe ser financiada por el Estado y no mediante la expropiación temporal del uso de las viviendas de los particulares, quienes no tienen por qué ejercer de servicios sociales”, argumenta la Plataforma de Afectados por la Ocupación. Y añade: “El Gobierno sigue sin construir vivienda pública ni gestiona de oficio el pago directo de los alquileres suspendidos. Por ello, le exigimos que establezca un mecanismo ágil y con una partida presupuestaria específica para atender a todas las familias vulnerables que estén en un procedimiento de desahucio”. 

Otras medidas que decaen en este decreto

Además de la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos, este decreto también incluía la prohibición de cortar los suministros básicos del hogar a colectivos vulnerables y la extensión de los descuentos del bono social hasta final de año.

También recogía medidas en materia de empleo que impedían a las empresas beneficiarias de ayudas públicas realizar despidos justificados en los costes energéticos o en causas relacionadas con la invasión de Ucrania.

Por último, extendía determinados incentivos fiscales para pequeños autónomos o ligados a los vehículos eléctricos en impuestos como el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades. También integraba medidas fiscales para los afectados por la DANA de Valencia de 2024 e incluía medidas en materia de financiación territorial. 

De momento, y a la espera de saber si el Gobierno volverá a plantear estas medidas en otro decreto o de forma independiente, todas ellas dejan de tener efectos jurídicos.

Resultados dispares en los demás decretos

En la última sesión plenaria de febrero también se han debatido otros tres decretos: dos de ellos han salido adelante, mientras que el otro también ha sido derogado, al igual que el del escudo social.

En concreto, ha salido adelante el texto sobre la revalorización de las pensiones, con 317 votos a favor y 33 en contra, que fue aprobado por el Gobierno el pasado 3 de febrero en un decreto independiente al de los desahucios. Así, queda convalidada la subida del 2,7% de las pensiones contributivas y de clases pasivas en 2026 saldrá adelante, así como de las pensiones mínimas en más de un 7%. También la revalorización del 11,4% de las pensiones con cónyuge a cargo y de viudedad con cargas familiares, las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

También ha recibido el respaldo de la Cámara Baja el decreto de ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gélida (Barcelona), que oscilan entre los 2.404 y los 84.141 euros en función de los daños sufridos, y alcanza los 72.121,46 euros en caso de fallecimiento, destinada a los familiares beneficiarios. La gestión de las ayudas corresponderá a la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible y el pago se realizará en un único abono tras la resolución favorable. Este decreto ha obtenido el resultado a favor más amplio de las iniciaitivas votadas este jueves, con 349 votos a favor y 1 en contra.

Tanto estas ayudas como la revalorización de las pensiones se tramitarán como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.

En otro decreto que ha decaído es el que modificaba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios para dar potestad al Gobierno para establecer un tope a los precios en situaciones de emergencia -como los accidentes ferroviarios del pasado enero o los temporales de Andalucía-, fijando que el precio no podrá ser superior al precio máximo que tuvo este en los 30 días naturales anteriores al comienzo de esta situación. 

Este real decreto-ley fue aprobado por el Consejo de Ministros el 10 de febrero y entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, pero no ha salido adelante tras registrar el mismo resultado que el del escudo social: 172 votos a favor, 177 votos en contra y una abstención. 

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