Los propietarios de viviendas pueden respirar algo más tranquilos si tienen inquilinos morosos. El tribunal supremo ha dictaminado que un segundo retraso en el pago del alquiler justifica el desahucio. Esto supone un espaldarazo para el fomento del mercado del alquiler de viviendas
Para llegar al desahucio el inquilino debe haber sido demandado previamente y el contrato de alquiler debe estipular un plazo máximo de pago. Esto quiere decir que el casero debe asesorarse bien y redactar un buen contrato, estableciendo un determinado día de cada mes como el momento de pago
Lo positivo de esta sentencia es que el inquilino no podrá decidir cuándo pagar, con lo que no podrá evitar el desahucio. Con esta sentencia el tribunal supremo sienta jurisprudencia al ser la segunda sentencia en este mismo sentido
354 Comentarios:
Estoy en desacuerdo con el autor del articulo. Con esta medida creo que más propietarios se animaran a alquilar puesto que existe actualmente un miedo a que se te instale un moroso y no puedas echarlo hasta haber pasado mucho tiempo.
No habrá tanta inseguridad jurídica en el alquiler, cuando la mayoría de los caseros alquilan sus pisos a inmigrantes que no ofrecen ninguna garantía de pago. ¿Porqué?, Pues porque siempre varias familias de inmigrantes, trabajando varios y viviendo hacinados en la misma casa, tienen más capacidad de pago que una familia española.
Lo que no se comenta es el dilatado tiempo que transcurre en el procedimiento, si el inquilino sigue en el piso despues de anular el contrato hay que iniciar un segundo procedimeinto de lanzamiento , otros cinco mese. Lo mejor es firmar, junto con el contrato de arrendamiento el impreso de la Corte de Arbitraje, por lo menos el primer procedimiento de anulación se resuelve en 60 dias, no esta mal, para como estan las cosas.
Pero para que sirve esta ley? tenemos que ir al abogado, demandar, necesitaremos una procuradora, tendremos que esperar a que nos den fecha en el juzgado y directamente pondran fecha de desaucio? es asi?, pagaremos igual los gastos de abogado y procuradora, pero los echaran antes. No??
Esque no termino de entrenderlo muy bien...
Esta notícia es, sin duda positiva para los propietarios,pero, deja a los inquilinos totalmente desamparados (en caso de morosidad involuntaria, p.e., pérdida de trabajo,etc.) El sistema y suporte social es inexistente. Sin embargo, creo que falta un enfoque equitativo entre los derechos de propietarios y de inquilinos. Los contratos de alquiler, supuestamente standard, suelen incluir un amplio anexo de claúsulas . El inquilino tiene que asumir plenamente cualquier daño o desperfecto de la vivienda,tiene que firmar que conoce el estado del piso, cosa no cierta, salvo que seas ingeniero, y cualquier otra lindeza que se le ocurra al arrendador. Si no te gustan las condiciones te quedas sin piso. Si a esto añadimos los depósitos que se exigen y adicionalmente fianzas(no legales, pero o lo tomas o lo dejas). Es un autentíco saqueo. Oficialmente, se recomienda que el alquiler y/o hipoteca no deberían superar el 33% de los ingresos; esto estaría muy bien y deseable, pero, muy lejos de la realidad, cuando los alquileres de pisos muy normalitos rondan los 1100 Euros para arriba. Menudo regalito nos ha dejado el Sr. Miguel Boyer, convertiéndonos involuntariamente en nómadas, ya que los contratos tienen una vigencia de cinco años, así que cambiando cada lustro, hasta que toque la residencia (otro temita candente). Para lo que conviene somos europeos, pero, olvidan incorporar medidas sociales existentes en otros países de la UE para subsanar la inmensa manca social que hay en España comparado con otros paises de la "susodicha" UNION EUROPEA.
Es una buena noticia, pero me gustaría saber cuanto tarda un juez en emitir esa sentencia, ¿Cinco años?. Tal como funcina la justicia en nuestro país es para hecharse a temblar.
Sencillisimo:
A los dos meses sin pagar el alquiler, demanda por desahucio
Gastos de procurador y abogado a costa del inquilino moroso
Registro judicial de morosos.
Si tienes una segunda vivienda destinada al alquiler y no pagas las cuotas de la hipoteca, los bancos van a actuar así, ¿Por que los particulares no?
Para el listo del okupa:
Hasta que te encuentres un hombre, te pegue una hondonada de hostias y se vaya a cargar con la satisfacción del deber cumplido.
Para el listo del okupa:
Hasta que te encuentres un hombre, te pegue una hondonada de hostias y se vaya a cagar con la satisfacción del deber cumplido.
Yo tengo un chalet en la sierra vacío ¿Por que? Muy fácil me quedan todavía 90.000€ por pagar y los pagaré, el banco me cobra tooooodos los meses 400€ de intereses y solo 300€ de capital, pero que me destrocen el chalet noooooooo, cuando algún gobieno me da igual su color saque una ley que me proteja yo alquilaré encantadisssssimo, pero por lo que veo la cigarra quiere vivir a costa de la hormiga ja, ja, y ja, vacio y con seguro y todos los servicios, y lo mejor de todo que todos los meses pago religiosamente al banco, ahora también tenemos que pagar un seguro de impago, y digo yo para que pagamos a los jueces y policía.
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