Llegan cambios para el arrendador profesional: Hacienda exige que cuente con un empleado en exclusiva
En nuestro país hay propietarios que gestionan el alquiler de inmuebles como una actividad económica, para evitar que el beneficio obtenido de los arrendamientos tribute como rendimientos del capital inmobiliario en su declaración del IRPF y, además, poder deducir un mayor número de gastos. Pero la Ley del IRPF exige, hasta la fecha, ciertos requisitos para disfrutar de estos beneficios fiscales, como contar con un empleado con contrato laboral y a jornada completa. Sin embargo, ahora la Dirección General de Tributos exige que dicho trabajador, además, no esté pluriempleado, es decir, que trabaje en exclusiva para los “arrendadores profesionales”.