Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona acaba de dar la razón a la agencia online de viajes 'Destinia' en su recurso contra la Agencia Catalana de Consumo después de varios años de pleitos. La disputa se remonta a finales del año 2010, cuando el ente abrió un expediente sancionador a Destinia por supuestas carencias relacionadas con la información que se facilitaba en su página web. “Ha habido un tiempo en el que las empresas de Internet hemos sido acosadas por la Administración por no entenderse nuestro modelo de negocio y seguir aplicando leyes pensadas para el mundo offline”, señala Amuda Goueli, CEO de Destinia.
Destinia agotó la vía administrativa y planteó el recurso contencioso en el año 2012 tras abonar dos sanciones. Ahora, la Justicia ha estimado el mismo al reconocer que el artículo 30 del Estatuto del Consumidor de Cataluña es nulo e inconstitucional, según la sentencia 166/2012 del Tribunal Constitucional, por vulneración del artículo 25.1 de la Constitución.
Según Alberto Cejo, abogado de Tourism & Law y representante de Destinia en el procedimiento judicial, se ha aplicado con criterio la jurisprudencia del Constitucional que entiende la necesidad de que la ley predetermine suficientemente las infracciones y las sanciones “sin dejarla a la total discrecionalidad administrativa ni sujeta a criterios ambiguos. Las leyes que remiten la calificación de las infracciones como leves, graves o muy graves a un órgano administrativo no garantizan mínimamente la seguridad jurídica de los ciudadanos”.
El resultado es que el juzgado Contencioso-Administrativo barcelonés declara “no ajustada a derecho la resolución dictada en el expediente sancionador de la agencia Catalana de Consumo”. Anula la resolución y declara el derecho de Destinia a que se anule también la sanción impuesta y se devuelvan las cantidades abonadas más los intereses correspondientes. En total, 12.300 euros más otros 1.200 euros de intereses, según estimaciones de la asesoría legal.
“Entendemos que la Administración vele por el cumplimiento de la Ley pero sin ser arbitraria en sus sanciones. Siempre hemos sido estado abiertos a la colaboración para subsanar posibles deficiencias pero las leyes siguen sin estar preparadas aún para el mundo online, mientras que la sociedad sí ha evolucionado en esa dirección”, añade Amuda.
1 Comentarios:
¿Tantos años de pleitos por 13.000 euros que ni siquiera te los dan, sino que solo te los devuelven? Eso no es defender a la gente, solo es dar de comer a abogados ... y una invitación a la administración para que lo vuelva a hacer: basta con que de cada diez consiga abusar de uno, que con lo que le saca puede devolver los intereses que debe a los otros nueve que también le demandan ... y esos otros nueve no siempre demandan. Lo "justo" sería que la condena fuera de 143.000: 13.000 por lo que le debes y 130.000 para que la próxima vez te lo pienses mejor.
Las leyes en España están hechas para los robagallinas.
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