2 Respuestas:

28 Agosto 2012, 16:04

Otra duda... las condiciones de subrogación, concretamente diferencial y comisiones, serían las mismas que inicialmente se le concedieron a la promotora? El banco que realizó el préstamo a la promotora puede modificarlas? Es posible que solo pueda rechazarme como subrogado en cuyo caso podría cancelar la compra de la vivienda?

Muchas gracias

Elena
29 Agosto 2012, 10:30

Hola peneque, sí, tienes derecho a solicitar un préstamo convenido (aunque no por ello el banco está obligado a concederlo, tendrán que hacer el correspondiente informe en función de tu situación personal: ingresos, estabilidad laboral, etc) los préstamos convenidos pueden ser de un máximo del 80% del valor de la vivienda y tener un tipo de interés de hasta Euribor + 1,25%. Anteriormente las ventajas eran que firmar un préstamo convenido podía tener asociado el cobro de una ayuda directa a la entrada (aede) y una ayuda al pago de la hipoteca (subsidiación del préstamo), pero los recortes han eliminado todas estas ayudas, por lo que contratar un préstamo convenido puede no salir rentable. Te recomiendo que mires hipotecas en el mercado libre para comparar condiciones y quedarte con la que más te interese (por ejemplo, un diferencial mejor, si lo encuentras) saludos, Elena

Experto avalado por idealista

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