2 Respuestas:

15 Noviembre 2012, 18:02

Esta no sabe contestarla ni el sociata que redactó el artículo....

Elena
16 Noviembre 2012, 9:48

Hola tanita,

Lo que quiere decir es que si estás divorciado o separado tienes derecho preferente a vivienda, siempre que no mantengas deudas en los pagos por pensiones alimenticias o compensatorias. Es decir, que si te corresponde pagar una de estas pensiones y no la pagas, pierdes el derecho preferente que te correspondería por estar divorciado o separado

Saludos,

Elena

Experto avalado por idealista

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