La gerencia municipal de urbanismo del ayuntamiento de Madrid venderá distintas parcelas mediante concursos, pero otorga a la mejor oferta económica un valor tan alto que el concurso podría ser una subasta encubierta. La ley del suelo de la comunidad de Madrid prohíbe las subastas de suelo para evitar que el precio de la vivienda empiece a dispararse desde la materia prima, el suelo para valorar las ofertas que se presenten al concurso, la gerencia municipal de urbanismo ha establecido seis criterios. Un criterio es el precio de compra de la parcela, que se valorará de 0 a 25 puntos. La mejor oferta económica obtendrá la máxima puntuación. Cada uno de los cinco criterios restantes establecidos puntúan de 0 a 15 puntos, es decir 10 puntos menos que el precio de los cinco criterios restantes, dos de ellos hacen referencia al anteproyecto y programa de diseño, aspectos urbanísticos, la memoria de calidades y tecnología de la construcción y son los suficientemente vagos en su redacción como para poder atribuírselos en principio a cualquiera de las ofertas. Estos dos criterios, sumados al de mejor oferta económica permiten hacerse con la adjudicación de la parcela
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