La decisión de los ayuntamientos de Sevilla y Barcelona de aumentar un 50% el impuesto de bienes inmuebles (ibi) a los pisos vacíos y así empujarlos a salir al mercado de alquiler tiene un obstáculo insalvable: falta por especificar los criterios que definan qué es una vivienda vacía y el encargado de hacerlo, el ministerio de hacienda ha aplazado "sin fecha" esta decisión. Hasta que no se redacte el reglamento para este nuevo gravamen y se definan los criterios de lo que es una vivienda vacía los ayuntamientos no podrán gravar esos pisos. De momento no se maneja ninguna fecha. El partido popular, a través de sus principales dirigentes, se ha manifestado en contra de este impuesto, aunque lo defendió en el congreso de los diputados como instrumento para mejorar la autonomía financiera de los ayuntamientos. Barcelona y Sevilla aprobaron en sus ordenanzas fiscales el recargo pero no pueden cobrarlo. Bilbao también lo tiene, pero en su caso la comunidad vasca goza de competencia en materia fiscal que le permite aplicar el impuesto sin esperar al desarrollo reglamentario del ministerio de hacienda
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