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El tribunal de justicia europeo dice que no se puede cobrar a las empresas y los profesionales, aunque sí debe aplicarse a las personas físicas. El hecho ya ha disparado los dardos de las empresas por los millones de euros pagados en los últimos años por este concepto

Luxemburgo considera que los usuarios pueden realizar copias privadas si a cambio los autores reciben una compensación, el llamado canon. Por tanto, éste puede cobrarse en equipos, aparatos y soportes que los particulares utilicen para generar copias privadas, pero no para los adquiridos por empresas y profesionales, cuyo propósito es diferente

La decisión del tribunal europeo supone que a partir de ahora profesionales y empresas no tendrán que pagar este “tributo”, aunque sí los particulares, para los cuales no hay posibilidad de escape. Las empresas que hayan estado pagando este canon, ahora declarado ilegal, podrán recurrir no sólo no pagarlo más sino reclamar las cantidades abonadas desde que éste entró en vigor

 



 

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3 Comentarios:

Anonymous
22 Octubre 2010, 11:30

«La aplicación indiscriminada del canon sobre empresas, administraciones y profesionales es ilegal». Menos mal que nos viene un poco de cordura desde Europa...

Anonymous
22 Octubre 2010, 16:35

Me alegro que le salga mal a estos chupones de la sgae no les tenian que dar un centimo yo trabajo en una conservera y quiero derechos de autor por cada lata que hago .

Anonymous
25 Octubre 2010, 8:47

En cualquier caso, el ciudadano de a pie sigue siendo considerado culpable a priori. Usted seguirá pagando religiosamente a ramoncín, Alejandro Sanz, norma duval y compañía su derecho de pernada cada vez que compre una tarjeta de memoria para su cámara de fotos.

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