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Un juzgado de Sevilla ha declarado nulo un contrato de cobertura de hipoteca, más conocido como “swap”, suscrito en 2008 por un particular con caixa Galicia. La sentencia se ha basado en la falta de información y en la “relación de superioridad que existe entre el cliente y la entidad financiera por tratarse de una persona inexperta que entra en negociación con un experto”

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