Como cada semana idealista.com te ofrece vídeos prácticos sobre el mercado de la vivienda. En esta ocasión te mostramos información sobre los requisitos para transformar una vivienda en despacho o local de negocio
Esta colección de videos de "el administrador en casa" se trata de videos cedidos por el colegio profesional de administradores de fincas de Madrid (cafmadrid) con la colaboración de idealista.com y por una iniciativa del consejo general de colegios de administradores de fincas de España
Como explican los expertos en el vídeo, sólo se puede ocupar un inmueble como local de negocio o despacho si así figura inscrito en el registro de propiedad y si se ha dado de alta como tal a efectos de liquidación del impuesto de las actividades económicas (iae) del ayuntamiento. Aún así, el propietario de una vivienda puede transformar la vivienda en un local de negocio, solicita el cambio de uso al ayuntamiento mientras éste no se lo prohíba
En cuanto al tipo de contrato de arrendamiento que tiene un despacho o local de negocio, puede ser del tiempo que se pacte no como el de la vivienda que tiene que ser de cinco años, como mínimo. Por lo que respecta a la renta y si no se dice nada en contra, se incrementará cada año según el ipc previo a la notificación del alquiler
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2 Comentarios:
Se puede utilizar una nave para negocio y vivienda que requisitos se necetan
Señores administradores, ustedes siguen viviendo en la época de franco. Sobre todo evitar la competencia ¿Eh?.
Para montar un despacho (si quieren podemos hablar de un local de negocios, pero es algo mas complicado) profesional en una vivienda, tal solo hay que respetar que los estatutos de la comunidad de propietarios no lo prohiba, darle de alta en el iae en haciendo (modelo 036) que es tan solo una inscripción y el ayuntamiento no sabe nada de iae, como mucho podría meterse en solicitar la licencia de apertura si fuera un local de negocio con acceso libre de público.
Enterense de que los tiempos han cambiado.
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