La sociedad pública de alquiler (spa), recién aprobada por el consejo de ministros, ha suscitado diversas críticas. El argumento: ya hay comunidades autónomas que cuentan con agencias o programas de alquiler similares a la spa "con la gran diferencia de que nosotros no cobramos nada a los particulares", dice un director de vivienda autonómico. Este es el caso de siete comunidades: Galicia, Castilla y León, Madrid, La Rioja, Andalucía, Valencia y el País Vasco. A diferencia de las agencias autonómicas, la spa cobrará tanto a los propietarios como a los inquilinos. En el momento de la firma del contrato, el inquilino abonará tres mensualidades: el primer mes de alquiler, la fianza que se devuelve al finalizar el contrato y una tercera en concepto de gasto de gestión, que el inquilino no recuperará y que cobrará la agencia pública como cualquier inmobiliaria. A cambio, el inquilino no tendrá que justificar su solvencia económica con un contrato laboral indefinido o con un aval bancario como ocurre actualmente. Además, el propietario del piso deberá pagar todos los meses a esa sociedad una comisión de hasta el 20% de la renta del inmueble que le cobre al inquilino, un tope que puede reducirse en función de las características de la vivienda. A cambio, el organismo público le garantizará el cobro de la renta mensual durante cinco años y el perfecto estado de la vivienda. Si el inquilino deja de pagar o provoca algún daño, la entidad pública se hará cargo de todos los gastos, incluyendo los judiciales, mediante pólizas de seguros
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