Desarrollos urbanísticos chamartín (duch), la promotora encargada de la operación chamartín, deberá pagar a la dirección general de tributos de la comunidad de Madrid 14 millones de euros en impuestos. Este nuevo traspié se produce dos meses después de que la justicia rechazase el proyecto porque el plan supera el límite de cuatro alturas establecido en la ley regional de suelo de 2007
Para salvar el nuevo escollo duch, participada por bbva y grupo san josé, ha tenido que solicitar un aval de 16 millones de euros a la entidad y realizar una ampliación de capital. El pago al que debe hacer frente duch se remonta a 1998 cuando la dirección general de tributos de la comunidad de Madrid levantó un acta por la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales derivados del acuerdo del traspaso de terrenos de renfe
Estos tributos no fueron liquidados correctamente. Por aquel entonces duch firmó el acta en disconformidad pero el fallo de la sentencia no le fue favorable por lo que decidió recurrir en casación. Hace tres años el tribunal supremo dictó sentencia en su contra por lo que le obligaba a pagar los impuestos más los correspondientes intereses de demora de doce años, lo que disparó la cantidad hasta los referidos 14 millones
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2 Comentarios:
Ya me veo yo a los populosos cambiando las leyes que hagan falta para seguir construyendo rascacielos vacios y pisos de "luho"
El ayuntamiento y las demás administracciones junto con DUCH han ocultado que la Operación Chamartín está penada por Bruselas por no haber transcrito fielmente la Directiva Comisión de las Comunidades Europeas en Bruselas, la misma emitió un Dictamen Motivado dirigido a España en virtud del art. 226 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea por la incorrecta transposición y aplicación de la Directiva 85/337/CEE del consejo de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, modificada por la Directiva 97/11/CE del consejo de 3 de marzo de 1997.
Entre otros expedientes a los que se refiere dicho Dictamen está el de la Ciudad Deportiva del Real Madrid, cuyo expediente está registrado en la Unión Europea con la referencia 2001/5061, que se resolvió con el reconocimiento de que la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid habían eludido el cumplimiento la directiva y, por consiguiente, con la emisión de una condena contra España:
“Declara que el Reino de España ha transpuesto incorrectamente la directiva 85/337/CEE del Consejo de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, modificada por la Directiva 97/11/CE por la que se refiere a los artículos 2 apartado 1, 4 apartado 2, leídos en conexión con el punto 10 b) del Anexo II, y que ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2 apartado 1,3,4 apartado 2, 8 y 9 de la citada Directiva en relación con el proyecto de construcción en Paterna, Valencia, con el proyecto de actuaciones en diversos tramos del río Duero a su paso por Zamora que prevén la construcción de varios aparcamientos; y con diversos proyectos urbanísticos en Madrid (operación Chamartín), en los cuales las autoridades no han determinado la necesidad de someterlos a un estudio de evaluación de sus repercusiones sobre el medio ambiente.
En aplicación de lo dispuesto en el párrafo del artículo 226 del citado Tratado, la Comisión invita al Reino de España a que adopte las medidas requeridas para ajustarse al presente dictamen motivado en el plazo de dos meses a partir de la notificación.
Hecho en Bruselas, el 17/12/2002”.
La Sentencia Firme de la sala de lo penal 1197/2009 de 18 de noViembre de 2009 demuestra la sentencia QUE NO EXISTEN LOS TERRENOS.
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