Como regla general, el sujeto que ingresa el IVA en Hacienda (sujeto pasivo) es aquél que realiza la venta del bien o presta un servicio. Dicho sujeto pasivo está obligado a repercutir el impuesto al destinatario de la entrega de bienes (muebles o inmuebles) o del servicio, y a ingresarlo en Hacienda. En algunos supuestos, la condición de sujeto pasivo se traslada al comprador, empresario o profesional, de un inmueble. ¿Qué ocurre si esto se olvida y el impuesto lo ingresa el que no es el sujeto pasivo? José María Salcedo, socio de Ático Jurídico, explica qué hacer en estos casos.