Crecer implica grandes cambios, como que llegue el día de comprar una vivienda. En un primer momento, si no se posee experiencia previa, el proceso, los trámites y los documentos a formalizar pueden resultar abrumadores, como los contratos de arras.
Cuando un comprador y un vendedor acuerdan la venta de una casa, para suscribir el interés se suele formalizar la futura operación mediante un contrato de reserva o un contrato de arras. Ahora bien, ¿qué ocurre si una de las partes decide echarse para atrás?
La compraventa de una vivienda se suele señalizar con una entrega de dinero que se formaliza en los llamados ‘contratos de arras’. Existen hasta tres tipos bien diferenciados: confirmatorias, penales y penitenciales. Las confirmatorias no autorizan a ninguna de las partes a desistir del acuerdo, mientras que las penales contemplan la ruptura del contrato con una penalización económica para el incumplidor. En el caso de las penitenciales, cualquiera de las partes puede desvincularse unilateralmente indemnizando a la otra con el doble de la cantidad adelantada.
Cuando la vivienda subía, prácticamente nadie rescindía su contrato de compraventa de una vivienda.
Recibe nuestras últimas noticias en tu correo electrónico Suscribirse