
¿Se puede prohibir a los inquilinos de un piso turístico utilizar la piscina y otras zonas comunes?
Los pisos turísticos están en boca de todos. En ocasiones, los turistas pueden llevar horarios distintos al resto de inquilinos del edificio. Son muchas las soluciones que se buscan en las comunidades de propietarios para combatir este tipo de alquiler y una de las preguntas que surgen es si se puede prohibir a los inquilinos de un piso turístico utilizar la piscina y otras zonas comunes. Tras la reforma del artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) por la Ley 10/2022, de 14 de junio, las comunidades pueden prohibir el uso de las piscinas o cualquier elemento no esencial a los propietarios que tengan contraídas deudas con la comunidad. Sin embargo, no es posible privar a los huéspedes de un piso turístico del uso de la piscina, ascensor o de otras zonas comunes.