La tasa de recogida de residuos sólidos urbanos sigue generando dudas entre propietarios e inquilinos. Entre las más habituales se encuentran si hay que pagar este tributo por un inmueble vacío y quién asume el pago cuando está arrendado. La Dirección General de Tributos (DGT) ha respondido a estas y otras cuestiones en una consulta vinculante donde analiza la tributación de oficinas, trasteros y plazas de garaje desocupados, el papel del propietario como sustituto del contribuyente y el tratamiento que la normativa dispensa a los criterios de cuantificación de la cuota, entre ellos el valor catastral.
La Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local (Anihpl) ha propuesto reformar la regulación de la nueva tasa de basuras para evitar el caos en los ayuntamientos en torno a este tributo. Los inspectores han explicado que esta tasa de residuos domésticos, que deberán pagar ciudadanos y empresas, será de recaudación obligatoria a partir de 2025, de acuerdo con Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular. Las estimaciones incrementan cualitativamente la recaudación que deberán ingresar los ayuntamientos por este concepto, que se aproximarán a los 4.000 millones de euros.
Artículo escrito por el equipo jurídico de Alquiler protegido
Las arcas de las administraciones públicas necesitan liquidez para afrontar los distintos gastos que tienen y reducir su déficit.
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