Se cumple un año de los cambios fiscales en la vivienda: así te están afectando

Se cumple un año de los cambios fiscales en la vivienda: así te están afectando

Se cumple un año de la entrada en vigor en el BOE de la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, una normativa que ha traído un aumento impositivo en las operaciones inmobiliarias en el ITP, IRPF, Impuesto de Sucesiones y Donaciones y en el Impuesto sobre el Patrimonio. Desde el pasado mes de enero toda compra de vivienda usada o toda herencia o donación de un inmueble debe tributar en base al nuevo valor de referencia de Catastro, un valor que, según la Federación Nacional de Asociaciones Inmobiliarias, ha aumentado en un 17,1% de media los impuestos a pagar. Resumimos las principales medidas que afectan a la vivienda.
El nuevo valor de refencia dispara un 17% los impuestos al comprar una casa usada

El nuevo valor de refencia dispara un 17% los impuestos al comprar una casa usada

La Federación de Asociaciones Inmobiliarias carga contra Hacienda tras analizar el impacto que está teniendo en el mercado la llegada del nuevo valor de referencia de Catastro como base imponible de impuestos como el ITP, que grava la transmisión de viviendas usadas. Según la FAI, tres de cada cuatro agencias inmobiliarias en España han intermediado en operaciones donde dicho valor superaba el valor de escrituración de los inmuebles, lo que ha provocado que los compradores paguen hasta un 17% más de impuestos de media.
Cómo tributa la compra de una casa, por su valor catastral o por su valor de referencia

Cómo tributa la compra de una casa, por su valor catastral o por su valor de referencia

Desde el pasado 1 de enero de 2022 toda operación de compra de un inmueble debe tributar por el valor de referencia de Catastro, que es la nueva base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Es importante no confundir este nuevo valor con el valor catastral. En ambos casos, los valores son objetivos, es decir, valorarán igual dos viviendas de la misma planta de un edificio, con la misma superficie, aunque una de ellas está reformada y con las máximas calidades y la otra no.
El valor de referencia de Catastro arruina “la compra” de viviendas en subasta

El valor de referencia de Catastro arruina “la compra” de viviendas en subasta

La subasta de viviendas siempre ha sido una alternativa para comprar una casa más barata, aunque en muchas ocasiones no es fácil. Los expertos aseguran que el postor de una vivienda en subasta ya sea pública, notarial, judicial o administrativa, puede adjudicársela con un descuento del 15-20% de media. Sin embargo, la entrada en vigor del nuevo valor de referencia de Catastro ha cambiado las reglas del juego porque los contribuyentes no tributarán por el precio de adjudicación, sino por este nuevo valor que suele ser muy superior al que realmente tiene la casa.
Quien compre una casa okupada o una VPO evitará el famoso valor de referencia catastral

Quien compre una casa okupada o una VPO evitará el famoso valor de referencia catastral

Desde el pasado 1 de enero de este año quien compre una vivienda usada debe tributar en el ITP conforme al nuevo valor de referencia de Catastro y no conforme al valor real de compra del inmueble, es decir, por un valor mayor en la mayoría de las ocasiones. Sin embargo, los contribuyentes que adquieran una casa okupada o una vivienda de protección oficial podrían estar exentos de tributar por este nuevo valor impuesto por el Ministerio de Hacienda. Una resolución de la Dirección General del Catastro les avala.
El valor de referencia, un instrumento recaudatorio

El valor de referencia de Catastro no es, ni mucho menos, lo que nos han contado

El valor de referencia de Catastro es, desde el de enero, la base imponible de impuestos como el de Transmisiones Patrimoniales (ITP), o Sucesiones y Donaciones (ISyD), y afecta de manera indirecta al IRPF, Patrimonio o la plusvalía municipal. A pesar de que llegó con el objetivo de reducir la litigiosidad y el fraude fiscal, José María Salcedo, del despacho de abogados Ático Jurídico, afirma que es un mero instrumento recaudatorio. Y cree que su aplicación es cuestionable en determinadas operaciones inmobiliarias y por que podría vulnerar el principio de capacidad económica.
El hachazo fiscal por el nuevo valor de referencia de Catastro

Hacienda infla las valoraciones de las viviendas y obliga a los contribuyentes a pagar más impuestos

Desde el 1 de enero, el valor de referencia de Catastro es el que determina cuántos tributos hay que pagar por la compra, la herencia o donación de una vivienda usada. Y tal y como alertaban los expertos en fiscalidad, las valoraciones que realiza Hacienda de los inmuebles está subiendo con fuerza, llegando a ser hasta un 70% superiores a los valores de escrituración. Como consecuencia, los contribuyentes están obligados a pagar más impuestos en concepto de ITP o Sucesiones y Donaciones y a presentar rectificaciones si quieren reclamar el dinero pagado de más.
Vender parte de la casa entre copropietarios puede salir caro por el valor de referencia de Catastro

Vender parte de la casa entre copropietarios puede salir caro por el valor de referencia de Catastro

Desde el pasado 1 de enero de este año el valor de referencia de Catastro es la nueva base imponible de impuestos tan importantes como el ITP (que se paga al comprar una vivienda usada) o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD), salvo que el valor declarado en la escritura sea superior. A la hora de repartirse una vivienda que cuenta con varios propietarios este nuevo valor puede alterar la equivalencia de adjudicaciones ya pactada. Una reciente resolución de la Dirección General de Tributos indica cómo deben tributar estas operaciones.
La cara oculta del valor de referencia de Catastro: revísalo antes de firmar arras para comprar casa

La cara oculta del valor de referencia de Catastro: revísalo antes de firmar arras para comprar casa

Desde el pasado 1 de enero el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el impuesto que se paga al comprar una vivienda usada cuenta con una nueva base imponible: ya no es el precio pagado por el comprador, sino el valor de referencia de Catastro. A los despachos de abogados están llegando casos de compradores que, tras firmar el contrato de arras, han tenido que echar para atrás la operación porque han descubierto que el importe a pagar de ITP era superior a lo que tenían estimado. Este aumento imprevisto de presupuesto les ha llevado a malograr la operación, con la consecuencia de perder la señal aportada en el contrato de arras.

Guía práctica del nuevo valor de referencia de Catastro

El pasado 1 de enero de 2022 entró en vigor el nuevo valor de referencia de Catastro, que es la base imponible de impuestos tan importantes como el ITP o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y, por tanto, afecta a la compra, herencia o donación de viviendas. Para entender cómo afecta a los contribuyentes, cuáles son sus consecuencias y qué vías hay para reclamar, repasamos esta modificación de forma práctica en este especial.
Los tribunales tumban la que es la base imponible del ITP y Sucesiones desde enero de 2022

Los tribunales tumban la que es la base imponible del ITP y Sucesiones desde enero de 2022

Desde 2015 en Castilla La Mancha se ha puesto en marcha una prueba piloto del valor de referencia de Catastro como medio de comprobación de valores, es decir, como un medio más para que Hacienda pueda comprobar que los compradores de una vivienda usada han pagado el ITP correspondiente o que los herederos han pagado correctamente el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD). Y a partir de 2022, mediante la entrada en vigor de la Ley 11/2021, dicho valor de referencia de Catastro será la nueva base imponible tanto del ITP como del ISyD. Pero ya hay varios tribunales que han anulado este valor. Te explicamos por qué.
Cómo afecta el nuevo valor fiscal de tu casa al IRPF y a la plusvalía municipal

Cómo afecta el nuevo valor fiscal de tu casa al IRPF y a la plusvalía municipal

Desde que arrancara el nuevo año no se ha parado de hablar en los círculos legales del valor de referencia de Catastro, el nuevo valor fiscal de tu vivienda y que es la base imponible de impuestos tan importantes como el ITP, que se paga al comprar una casa usada, o del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD). También afecta al Impuesto sobre el Patrimonio, pero su sombra es alargada y toca más impuestos, como el IRPF y la plusvalía. Te explicamos cómo te afecta en estos dos tributos.
La inconstitucionalidad de la plusvalía pone en jaque la nueva base imponible del ITP

La inconstitucionalidad de la plusvalía pone en jaque la nueva base imponible del ITP

La famosa sentencia del Constitucional tumbando el método de cálculo de la plusvalía municipal por no recoger el incremento real de valor del terreno obtenido por el contribuyente al vender o heredar una vivienda sigue sembrando polémica. Esta crítica podría terminar salpicando al nuevo valor de referencia de Catastro, que entra en vigor el próximo 1 de enero y que será la nueva base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), el tributo que se paga al comprar una vivienda usada, y del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Qué es el valor de referencia de Catastro: la base imponible del ITP que revolucionará la compra de casa

Qué es el valor de referencia de Catastro: la base imponible del ITP que revolucionará la compra de casa

Dejamos atrás un año marcado de nuevo por la pandemia provocada por el covid-19 y por la ley antifraude fiscal que ha venido a revolucionar el mercado inmobiliario a partir del 1 de enero de 2022. Y una de las principales novedades que trae esta normativa es el nuevo valor de referencia de Catastro, que será la nueva base imponible de impuestos tan importantes como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que se paga al comprar una vivienda usada, o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD).
El regalo envenenado del nuevo valor de referencia de Catastro: si no lo recurres, pagarás más impuestos

El regalo envenenado del nuevo valor de referencia de Catastro: si no lo recurres, pagarás más impuestos

Desde el pasado 1 de enero de este año el valor de referencia de Catastro es la nueva base imponible de impuestos tan importantes como el ITP (que se paga al comprar una vivienda usada) o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD), salvo que el valor declarado en la escritura sea superior. En el caso de heredar o recibir en donación una vivienda, hay CCAA donde el impuesto a pagar está muy bonificado, con lo que la deuda tributaria que debe pagar el contribuyente es posible que sea mínima o inexistente, pero… merece la pena recurrir igualmente el valor de referencia de Catastro para evitar pagar impuestos por otros lados.
Las claves del nuevo valor de referencia de Catastro: qué es y cómo funciona

Las claves del nuevo valor de referencia de Catastro: qué es y cómo funciona

El año 2022 ha llegado con el nuevo valor de referencia de Catastro bajo el brazo. Desde el pasado 1 de enero, este nuevo valor es la base imponible de impuestos tan importantes como el ITP o Sucesiones y Donaciones y, por tanto, afecta a la compra, herencia o donación de viviendas usadas. Para entender cómo afecta a los contribuyentes, cuáles son sus consecuencias y qué vías hay para reclamar, repasamos esta modificación de forma práctica de la mano del despacho de abogados Ático Jurídico.
Comprar una casa ahora o en 2022: la clave está en el nuevo valor de referencia de Catastro

Comprar una casa ahora o en 2022: la clave está en el nuevo valor de referencia de Catastro

El próximo 1 de enero de 2022 entrará en vigor el nuevo valor de referencia de Catastro, que será la base imponible de impuestos tan importantes como el ITP, que se paga al comprar una vivienda usada, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones o el Impuesto sobre el Patrimonio. Si te encuentras ultimando la compra de una casa, debes saber que el problema que trae este valor es su imposición a los contribuyentes y que en caso de que estimes que el valor de la vivienda que has comprado es inferior al nuevo valor de referencia, deberás probarlo ante Hacienda. Es decir, la Administración tributaria se cobra el ITP y si el contribuyente no está de acuerdo, deberá ser él quien pleitee mediante medios de prueba admisibles en Derecho.
Los efectos de los cambios inmobiliarios que están por venir: el valor de referencia y la Ley de Vivienda

Los efectos de los cambios inmobiliarios que están por venir: el valor de referencia y la Ley de Vivienda

Muchas veces los cambios en los impuestos provocan efectos no deseados. Pronto tendremos dos ejemplos de ambos casos: el valor de referencia y la nueva tributación del alquiler que traerá la futura Ley de Vivienda. Según Jaime Navarro, experto en fiscalidad inmobiliaria, el valor de referencia que entra en vigor en enero afectará a las negociaciones inmobiliarias y podría lastrar las tasaciones o las reformas. En el caso de la Ley de Vivienda, el anteproyecto trae una subida de la tributación del alquiler vía IRPF y un castigo en el IBI a los inmuebles vacíos.
Las vías que tendrá el comprador de una vivienda para combatir la nueva base imponible del ITP

Las vías que tendrá el comprador de una vivienda para combatir la nueva base imponible del ITP

A partir del próximo 1 de enero de 2022 entrará en vigor un nuevo valor de referencia que será la base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), un tributo que se paga al comprar una vivienda usada. Así, el comprador ya no pagará este impuesto en base al precio de compraventa escriturado ante notario, sino en base a un valor que determinará Catastro. Según los técnicos de Hacienda, este nuevo valor entra en juego para evitar el fraude fiscal, pero esta medida levantará polvareda, por lo que queremos explicar qué tendrá que hacer el comprador si se niega a pagar.
Los pasos para determinar la nueva base imponible del impuesto a la compra de viviendas: qué se ha publicado y qué no

Los pasos para determinar la nueva base imponible del impuesto a la compra de viviendas: qué se ha publicado y qué no

A partir del próximo 1 de enero de 2022 entrará en vigor un nuevo valor de referencia que determinará los impuestos que debe pagar quien compre una vivienda de segunda mano o quien herede o reciba en donación un inmueble. Este nuevo valor de referencia estará aprobado por la Dirección General del Catastro y será la nueva base imponible para el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD). El BOE ha ido publicando los pasos para “cocinar” este nuevo valor que estará listo a finales de este año. La última novedad es la aprobación de un factor de minoración.