1 Respuestas:

Elena
12 Noviembre 2010, 14:37

Hola,

Podrás desgravar siempre que tengas algún justificante que demuestre a hacienda que destinaste cantidades para la construcción de la vivienda antes de que finalice el año. Si te han aceptado las cantidades aportadas hasta la fecha para desgravar aunque aún no hubiera empezado la construcción físicamente, también te valdrán para acogerte a la ley en su redacción actual

Eso sí, ten en cuenta que dejando al margen el cambio fiscal, hacienda permite desgravar por las cantidades aportadas a la cooperativa para la construcción de la residencia habitual del comprador, aunque con un requisito: que la casa se escriture en un máximo de cuatro años desde el comienzo de las aportaciones. Si se supera el plazo, habrá que devolver las cantidades desgravadas hasta entonces. Tenlo en cuenta en tus cálculos

Un saludo

Experto avalado por idealista

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta