Lo importante es ver qué legislación aplica a la vivienda, es decir, a qué plan de vivienda pertenece, además del tipo de protección con que ésta cuenta. En las escrituras de la casa tienen que venir las limitaciones que le aplican a la hora de venderla y el periodo de tiempo que se extiende la protección
En general, el plan de vivienda actualmente en vigor, determina que la casa no se puede transmitir durante los 10 primeros años salvo autorización de la administración por motivo justificado y, si lo hicieras, sería a ese precio máximo autorizado y devolviendo las ayudas. De todos modos, como te digo, comprueba las escrituras de la vivienda, donde tiene que venir el tiempo de protección que le aplica
La casa no esta escriturada porque esta previsto que que se escriture a finales de este año, y era por hacerme una idea, la casa es de vpo de promocion privada, y las ayudas son en el prestamo, es decir me descuentan una cantidad de lo que tengo que pagar de letra cada mes, Muchas gracias por todo
La casa no esta escriturada porque esta previsto que que se escriture a finales de este año, y era por hacerme una idea, la casa es de vpo de promocion privada, y las ayudas son en el prestamo, es decir me descuentan una cantidad de lo que tengo que pagar de letra cada mes, Muchas gracias por todo
Hola Antonio, lo primero tienes que ver qué tipología de protección tiene la casa para ver qué limitaciones tiene. Por ejemplo, si es una vivienda calificada como 'vivienda joven', estará regulada por el decreto 99/2005 y tendrá una limitación en el precio durante los 15 primeros años desde la calificación definitiva. Las viviendas protegidas de régimen general, especial y precio concertado, según el plan de vivienda estatal, imponen un periodo de protección a la vivienda de 30 años, en los que tendrás que respetar la limitación de precio. En ese tiempo no podrías vender en el mercado libre, sino que tendrías que vender a alguien apuntado en el registro de demandantes de vivienda pública de cyl (y por tanto que cumpliese los requisitos para comprar una vivienda con protección). Y en cuanto al precio de venta, lo que marca la ley es un precio máximo. Es decir, que no podrías vender más caro que lo que costara una vivienda protegida de igual tipo de protección en el momento de la venta, ahora, si quieres vender más barato o tienes que hacerlo para encontrar un comprador, la ley no lo impide. Un saludo, Elena
Yo estoy en el mismo caso que Antonio. Mi pareja y yo vamos a comprar una vpo de régimen general en Soria, que todavía no está construida, pero antes de nada nos gustaría saber si en un futuro la quisiésemos vender o alquilar por trasladarnos a otra ciudad, ya que uno de nosotros somos de fuera de Soria, si se podría vender/alquilar, cuánto tiempo tendría que pasar antes de poder hacerlo, y qué trámites tendríamos que hacer, y si podríamos no tener que pagar las ayudas por vivienda protegida si se vendiese a otra persona inscrita en el registro de demandantes de vivienda pública de cyl.
Buenos días. Necesitaria saber si tengo que pagar algo para descalificar mi vivienda. Mi caso es que la he comprado de segunda mano, (era un embargo de un banco) y la compré en el año 1997. No pedi ningun tipo de subvencion ni nada de nada. Ahora quiero venderla y el comprador no cumple los requisitos para vender al precio maximo que da la junta por superar los ingresos. Con lo que necesito descalificarla. Cuanto me pediran?? La fecha de calificacion es de 11/06/1992. Y repito la compré de segunda mano y sin ninguna subvencion. Alguien puede decirme cuanto tendré que pagar.....
6 Respuestas:
Hola,
Lo importante es ver qué legislación aplica a la vivienda, es decir, a qué plan de vivienda pertenece, además del tipo de protección con que ésta cuenta. En las escrituras de la casa tienen que venir las limitaciones que le aplican a la hora de venderla y el periodo de tiempo que se extiende la protección
En general, el plan de vivienda actualmente en vigor, determina que la casa no se puede transmitir durante los 10 primeros años salvo autorización de la administración por motivo justificado y, si lo hicieras, sería a ese precio máximo autorizado y devolviendo las ayudas. De todos modos, como te digo, comprueba las escrituras de la vivienda, donde tiene que venir el tiempo de protección que le aplica
Un saludo,
Elena
Gracias Elena,
La casa no esta escriturada porque esta previsto que que se escriture a finales de este año, y era por hacerme una idea, la casa es de vpo de promocion privada, y las ayudas son en el prestamo, es decir me descuentan una cantidad de lo que tengo que pagar de letra cada mes,
Muchas gracias por todo
Gracias Elena,
La casa no esta escriturada porque esta previsto que que se escriture a finales de este año, y era por hacerme una idea, la casa es de vpo de promocion privada, y las ayudas son en el prestamo, es decir me descuentan una cantidad de lo que tengo que pagar de letra cada mes,
Muchas gracias por todo
Hola Antonio, lo primero tienes que ver qué tipología de protección tiene la casa para ver qué limitaciones tiene. Por ejemplo, si es una vivienda calificada como 'vivienda joven', estará regulada por el decreto 99/2005 y tendrá una limitación en el precio durante los 15 primeros años desde la calificación definitiva. Las viviendas protegidas de régimen general, especial y precio concertado, según el plan de vivienda estatal, imponen un periodo de protección a la vivienda de 30 años, en los que tendrás que respetar la limitación de precio. En ese tiempo no podrías vender en el mercado libre, sino que tendrías que vender a alguien apuntado en el registro de demandantes de vivienda pública de cyl (y por tanto que cumpliese los requisitos para comprar una vivienda con protección). Y en cuanto al precio de venta, lo que marca la ley es un precio máximo. Es decir, que no podrías vender más caro que lo que costara una vivienda protegida de igual tipo de protección en el momento de la venta, ahora, si quieres vender más barato o tienes que hacerlo para encontrar un comprador, la ley no lo impide. Un saludo, Elena
Hola Antonio y Elena:
Yo estoy en el mismo caso que Antonio. Mi pareja y yo vamos a comprar una vpo de régimen general en Soria, que todavía no está construida, pero antes de nada nos gustaría saber si en un futuro la quisiésemos vender o alquilar por trasladarnos a otra ciudad, ya que uno de nosotros somos de fuera de Soria, si se podría vender/alquilar, cuánto tiempo tendría que pasar antes de poder hacerlo, y qué trámites tendríamos que hacer, y si podríamos no tener que pagar las ayudas por vivienda protegida si se vendiese a otra persona inscrita en el registro de demandantes de vivienda pública de cyl.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo,
Patricia
Buenos días.
Necesitaria saber si tengo que pagar algo para descalificar mi vivienda.
Mi caso es que la he comprado de segunda mano, (era un embargo de un banco) y la compré en el año 1997.
No pedi ningun tipo de subvencion ni nada de nada.
Ahora quiero venderla y el comprador no cumple los requisitos para vender al precio maximo que da la junta por superar los ingresos.
Con lo que necesito descalificarla.
Cuanto me pediran??
La fecha de calificacion es de 11/06/1992.
Y repito la compré de segunda mano y sin ninguna subvencion.
Alguien puede decirme cuanto tendré que pagar.....
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta