Comentarios: 1
La duda de la jornada: ¿Hay límites a la hora de pedir fianzas y avales para alquilar un piso?

idealista news dispone de un consultorio inmobiliario en el que puedes resolver tus dudas de forma gratuita. Hoy buscamos soluciones para una pareja que quiere alquilar un piso pero que en su búsqueda se encuentra siempre el mismo problema: el elevado coste de la fianza y el aval. Nos pregunta qué coste es aceptable y cómo negociar una rebaja. Hay quien les asegura que la fianza debe ser la renta de un mes, que el aval lo fija libremente el propietario y que una agencia inmobiliaria puede serles útil en la negociación

Ver cómo se ha resuelto la duda
  

Consultas destacadas anteriormente: 

- ¿Qué hago si compro una casa usada y descubro desperfectos ocultos?

- ¿Puedo cortar la luz y el agua a un inquilino si no me paga?

- Firmé la compra de un piso pero ya no lo quiero. ¿Puedo echarme atrás?

- ¿Puede la inmobiliaria reclamar una indemnización si finalmente no se vende un piso con contrato de arras?

- ¿Puedo recuperar mi casa para vivir si la tengo alquilada?


Ver anteriores dudas de la jornada


 

Ver comentarios (1) / Comentar

1 Comentarios:

francisco
29 Septiembre 2010, 8:47

La fianza de un mes y en metálico:

. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico, en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.

2. Durante los cinco primeros años de duración del contrato, la fianza no estará sujeta a actualización. Pero cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador podrá exigir que la fianza sea incrementada, o el arrendatario que disminuya, hasta hacerse igual a una o dos mensualidades de la renta vigente, según proceda, al tiempo de la prórroga.

3. La actualización de la fianza durante el período de tiempo en que el plazo pactado para el arrendamiento exceda de cinco años, se regirá por lo estipulado al efecto por las partes. A falta de pacto específico, lo acordado sobre actualización de la renta se presumirá querido también para la actualización de la fianza.

4. El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.

Los avales por medio del banco( te cuesta un dinero al año) te lo puede pedir el arrendador, pero todo es cuestión de negociar y acordar sin los mismos, para ello tienes que mostrar honradez, seguridad, garantía de pago........es cuestión de acuerdo entre las partes, pues la misma ley, no habla de avales pero dice:

5. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta