Artículo escrito por Ignacio chávez, experto de alquiler protegido
La renovación del ascensor, pintar el edifico, restaurar la fachada, reparar elementos comunitarios rotos, etc. son las temidas derramas. Los vecinos deben hacer frente a estos gastos imprevistos con la aportación de dinero extra, lo que provoca que en ocasiones muchos vecinos tengan dificultades para pagar
Las derramas en consecuencia son una cuota extraordinaria que deben pagar los vecinos de la comunidad en cuestión para pagar un gasto imprevisto que no pueden ser abonados con los fondos ordinarios de los que dispone la comunidad
Los vecinos están obligados a pagar las derramas y si se diera la circunstancia de que algún propietario se negara a abonar la derrama, se le mandaría un escrito en primer lugar y si persiste en la misma posición se tomarían medidas legales
En el caso que nos ocupa sobre si los inquilinos están obligados a hacer frente a las derramas, hay que subrayar que, según el artículo 20 de la ley de ordenamientos urbanos sobre ‘gastos extraordinarios y de servicios individuales’, el inquilino no debe hacer frente a estos pagos extraordinarios
Hay que subrayar también que el inquilino del inmueble y el casero podrían pactar que el primero de ellos se haga cargo de los gastos generales del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que sean achacadas al inmueble arrendado o a sus zonas o accesorios
Una de las circunstancias más comunes que se producen entre los inquilinos y los caseros es el aumento de la renta debido a una derrama que debe afrontar la comunidad de vecinos del inmueble en cuestión. Los inquilinos ven con recelo que esta posibilidad se produzca, ya que de una forma u otra estaría haciendo frente a un pago que no le corresponde por lo que estaría en su derecho de rebatir esta posibilidad
En definitiva y a modo de conclusión, el pago de las derramas le corresponde afrontarlas al dueño del inmueble en cuestión siempre que estás sean extraordinarias, aunque también pueden llegar a un acuerdo privado entre ambos para que el inquilino se haga cargo de los gastos corrientes que se circunscriban a la vivienda arrendada
11 Comentarios:
El inquilino solo le atañen gastos de contador
Todo gasto añadido pertenece a las trágalas usureras de algunos caseros
Pero no hay problema, te vas a otro que por haber hay tantos caseros distintos
Como que andan peleados por alquilarte su pisito caro por error
Nota informativa:
La ministra Ana Pastor...
Ha explicado que en España existen unos 25 millones de viviendas, y que la mitad de ellas tienen más de treinta años y unos 6 millones suman más de 50 años
También ha expuesto que el peso real de la rehabilitación en España esta por debajo de la media europea, en concreto casi trece puntos por debajo, situada en el 41% de todo el sector de la construcción, por lo que comparado con Alemania que está en el 57%, españa no llega al 29%
Y como el parque de vivienda español es muy anciano,y necesitan muchas reformas dice que : ""incidiran en politicas de obligar al ciudadano a reformarlas en fechas""
A mi me rebajó mi casero el 30% el alquiler
Esta cagao,pues teme que me vaya y le embarguen
Y a ver quien le paga su hipoteca
Como que no puede pagar el inquilino las derramas??, si se pacta en contrato, esto no va contra ley y por supuesto que si se le puede reclamar el pago de las derramas extraordinarias.
Si se pacta en contrato
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Claro, claro tu alquilando como otros vendiendo....pero sin encontrar al pardillo que acepte
No os queda de sufrir décadas
Todo loq que tenga que ver con ladrillos vale hoy menos
Que lo que tenga que ver con dinero sonante
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"Una de las circunstancias más comunes que se producen entre los inquilinos y los caseros es el aumento de la renta debido a una derrama"
Esto es ilegal en un contrato bien hecho, solo se puede subir el ipc. Si no hay contrato, basta amenazar al arrendador con denunciarlo a hacienda.
#3, deja de decir tonterias. Si te acaban de poner lo que dice la LAU, es de lerdos decir que no es contrario a la ley y por tanto cualquier clausula contraria a ley es inválida de facto.
Sinceramente digo una cosa. Yo tengo una hipoteca, pero si por causalidad tuviera que alquilar un piso, y en el contrato me pusiera que tengo que hacerme cargo de las derramas, pues me busco otro piso, que hay muchos por ahi
A
Hay que subrayar también que el inquilino del inmueble y el casero podrían pactar que el primero de ellos se haga cargo de los gastos generales del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que sean achacadas al inmueble arrendado o a sus zonas o accesorios
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