Artículo escrito por Ignacio chávez, experto de alquiler protegido
La eterna disputa entre inquilinos y arrendadores llega en el momento en el que los primeros quieren incluir en su declaración de la renta el alquiler del inmueble donde vive, y los propietarios no están por la labor de rendir cuentas a hacienda. ¿Cuál es la mejor solución ante este problema?
Para el inquilino la mejor solución es ignorar la petición del propietario e incluirlo en la declaración o negociar con él para llegar a un acuerdo y conseguir incluirlo en la declaración. Hay que recordar que los inquilinos tienen derecho a deducirse el 10,5% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros. A esta cantidad hay que sumar la deducción que cada autonomía lleva a cabo. En el caso concreto por ejemplo de Madrid, los inquilinos menores de 35 años se pueden deducir hasta un 20% de las cantidades con un máximo de 840 euros, siempre y cuando el piso esté registrado
En España el mercado del alquiler se suele mover mayoritariamente entre particulares, hecho que suele provocar que los contratos en este aspecto sean bastante informales con lo que los caseros no suelen declararlos. Por eso, llegados a este punto, cuando surge la problemática de declarar o no declarar la vivienda, el dueño normalmente para no hacerlo ofrece un descuento al inquilino y así evitar que se declare
Pero qué pasa si no hay acuerdo entre ambas partes, y el inquilino no tiene los datos necesarios para declarar sin el consentimiento del propietario. En ese caso, el arrendatario puede hacer un requerimiento formal al casero de la documentación que necesita para presentar a hacienda y con dicho requerimiento solicitar la devolución
También existe la posibilidad de denunciar, pero esta posibilidad, además de generar un conflicto de no retorno con el propietario, debe estudiarse muy bien, ya que El inquilino debe estar al corriente con el impuesto de transmisiones patrimoniales (itp) , Algo que la mayoría de ellos desconoce
En definitiva, hay que estudiar muy bien todas las alternativas que tiene el inquilino para declarar la vivienda, y conseguir llegar a un acuerdo con el dueño siempre en las mejores condiciones con el objetivo de evitar conflictos que en el futuro ocasionaran más problemas
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22 Comentarios:
Mucho me temo que no es el itp, más bien actos jurídicos documentados es el impuesto cuyo sujeto pasivo es el arrendatario.
Yo vivo en el centro de Madrid y tengo a un vecino que ha alquilado su apartamento a turistas. Desde entonces, no duermo mas! Hay fiestas noche por medio. El ascensor se averia. La escalera es un asco. Y tocan el timbre a cualquier hora buscando que les abran. ¿Eso es un alquiler para turistas? Ademas, este vecino no paga un duro de impuestos. Abajo los apartamentos clandestinos para turistas!
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