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6 Respuestas:
Pues lo primero que habría que saber es si la propietario tiene autorización para esa obra, pero ojo pq hay obras de cerramiento que no requieren de permiso. Depende mucho de cómo esté hecha
Si lo no tiene y fuera necesario, que reclame lo quiera, porque seguramente un juez no le hará caso ya que esa habitación no debería estar ahí y tu balcón sí
Creo que no es correcta la respuesta anterior:
1.- el balcón con humedades es un "elemento común" del edificio, para reparlo por humedades, es responsabilidad de todos los propietarios del edificio.
2.- el de abajo, no puede hacerse un balcón, cambiar el hueco de fachada de ventanal a puerta para acceso al nuevo balcón, sin un proyecto de arquitecto y sin licencia de obra mayor y previo acuerdo por unanimidad de toda la comunidad de propietarios.
El problema y el rollo, está en la mayoría de fincas no están constituidos como " comunidades de propietarios con su n.i.f, otrogado por hacienda" etc...
Creo que no es correcta la respuesta anterior:
1.- el balcón con humedades es un "elemento común" del edificio, para reparlo por humedades, es responsabilidad de todos los propietarios del edificio.
2.- el de abajo, no puede hacerse un balcón, cambiar el hueco de fachada de ventanal a puerta para acceso al nuevo balcón, sin un proyecto de arquitecto y sin licencia de obra mayor y previo acuerdo por unanimidad de toda la comunidad de propietarios.
El problema y el rollo, está en la mayoría de fincas no están constituidos como " comunidades de propietarios con su n.i.f, otorgado por hacienda" etc...
EN LO QUE RESPECTA A LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS, en virtud del artículo 396 del CÓdIGO CIVIL, las terrazas tienen la consideración de elemento común del edificio. Por otro lado, de conformidad con los artículos 12 y 17.1 de la LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL, cualquier alteración de la estructura o fábrica del edificio o de las cosas comunes afectan al Título Constitutivo y deberán realizarse con el consentimiento de la unanimidad de los propietarios. En consecuencia, el cerramiento de la terraza requerirá el previo consentimiento de la unanimidad de los propietarios de la comunidad salvo que en los Estatutos de la comunidad establezcan alguna disposición específica y expresa al respecto. Si, pese a no obtener este consentimiento, realiza las obras, cabe la posibilidad de que la comunidad o algún propietario de forma individual inicie acciones judiciales con el fin de que retire el cerramiento.
El seguro de edificio ó el de vivienda enviará un perito y él determinará a quien corresponde el arreglo. Hay propietarios que hace un mal uso del balcón y en lugar de fregar tiran cubos de agua, sin tener en cuenta que el agua es un bien que hay que atesorar.
O lo tienen lleno de plantas, con sus respectivos riegos.....
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