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3 Respuestas:
Con la ley en la mano, se puede quedar hasta 5 años, pues era alquiler de vivienda, no importa que el tiempo pactado fuese inferior. La ley amparaba el derecho del inquilino a permanecer hasta 5 años, o sea que le quedan 2,5 años
Copio parte de la ley publicada en el BOE» Núm. 282, de 25 de noviembre de 1994: "la regulación de los arrendamientos de vivienda presenta novedades significativas, fundamentalmente en relación con su duración. En este sentido, se ha optado por establecer un plazo mínimo de duración del contrato de cinco años, por entender que un plazo de estas características permite una cierta estabilidad para las unidades familiares que les posibilita contemplar al arrendamiento como alternativa válida a la propiedad. Al mismo tiempo, no es un plazo excesivo que pudiera constituir un freno para que tanto los propietarios privados como los promotores empresariales sitúen viviendas en este mercado.
Este plazo mínimo de duración se articula a partir del libre pacto entre las partes sobre la duración inicial del contrato más un sistema de prórrogas anuales obligatorias hasta alcanzar el mínimo de cinco años de duración, si el pacto inicial hubiera sido por un plazo inferior..."
Muchas gracias por su amable respuesta!
Christina
No solo eso, sino que tu amiga tiene derecho preferente a comprar por el precio de venta que esté ofreciendo la dueña a otro comprador, incluso aunque ya haya contrato de arras o incluso compraventa formalizada.
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