Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoce la aplicación del tipo reducido (4%) del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) por la compra de vivienda habitual por familias numerosas aun cuando el tercer hijo se encuentre todavía en gestación. Estima que la aplicación de esta ventaja fiscal es un efecto favorable tanto para el hijo aún no nacido como para los padres, motivo principal por el que la Comunidad de Madrid se opuso a aplicar este tipo reducido y negar el beneficio fiscal a los compradores.