
Los funcionarios también tienen derecho a cobrar el plus de nocturnidad y festivos en vacaciones
Los funcionarios públicos que trabajan en turnos nocturnos o festivos están un paso más cerca de ver reconocido un derecho que hasta ahora muchos consideraban difuso. El Tribunal Supremo ha establecido que cuando la prestación de servicios en turnos nocturnos o festivos forma parte estructural y habitual de la jornada ordinaria del funcionario, la retribución asociada a dichos turnos debe percibirse también durante los períodos de vacaciones, permisos retribuidos o incapacidad temporal, aun cuando no haya una prestación efectiva durante esos periodos.