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Los funcionarios podrán teletrabajar hasta el 90% del mes en la España vacía
idealista

El Gobierno pretende fijar tres días de trabajo en remoto como norma general para los funcionarios, pero busca ampliar este plazo hasta el 90% del mes para los empleados públicos que residan en zonas rurales, según avanza Expansión. El Ejecutivo también se plantea aumentar hasta el 100% en situaciones puntuales de fuerza mayor, como puede ser otra pandemia mundial. 

Así consta en el borrador del proyecto de real decreto por el que se regula el teletrabajo en la Administración del Estado, impulsado desde el Ministerio de Hacienda y Función Pública, que dirige María Jesús Montero. De momento, se trata sólo de una intención, pero la realidad es que el texto ya ha sido compartido con autoridades y asociaciones para que puedan realizar sus aportaciones. Cabe destacar que el plazo para proponer cambios acaba el próximo 4 de enero. 

“La tecnología ha sido una herramienta clave para seguir trabajando ante la situación generada por el covid-19, demostrando que favorece transformaciones que redundan en la mejora de la eficacia, el bienestar de las empleadas y los empleados públicos y la creación de una administración digitalizada, más abierta y participativa”, defiende el proyecto recogido por el medio de comunicación.

El proyecto de ley depende de Hacienda, que aclara ciertos puntos que se han debatido durante los últimos meses. Por ejemplo, el ministerio especifica que el teletrabajo “no constituye un derecho” y estará sujeto a autorización, modificación y suspensión. De hecho, sólo será válido para aquellos puestos que sean susceptibles de ser desempeñados a distancia por medios telemáticos.

En un principio, la duración máxima del trabajo en remoto será de unos dos años, aunque el Gobierno no cierra la puerta a extender este periodo. Eso sí, el trabajador tendrá que cursar una nueva solicitud oficial antes de que concluya el plazo inicial para ser estudiada por la Administración.

El Ministerio acuña una excepción a la regla que permitirá a los beneficiarios disfrutar de “una modalidad de teletrabajo con una prestación de servicios de carácter presencial de al menos un 10% de la jornada en cómputo mensual”.  O lo que es lo mismo, una opción que habilita al funcionario a teletrabajar hasta un 90% del mes.

Pero esta excepción sólo se puede otorgar bajo dos supuestos. Uno de ellos es favorecer la residencia personal de empleadas y empleados públicas en zonas en declive demográfico. Es decir, que el trabajador viva en lo que comúnmente se llama la España vacía. 

Un segundo campo de aplicación será el de facilitar la prestación de servicios en ámbitos geográficos, unidades orgánicas o puestos de difícil cobertura, que en este caso deberán ser identificados geográficamente por la Secretaría de Estado de Función Pública. “La duración máxima en esta modalidad se determinará en los respectivos planes de teletrabajo, estando ésta vinculada al mantenimiento de las causas que motivaron la autorización por esta causa”, detalla el borrador del decreto.

La nueva regulación no se aplicará al personal de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el de servicios sanitarios o docentes ni a jueces, magistrados, fiscales y empleados de la Administración de Justicia, que contarán con normativa específica. Es más, el texto deja fuera a asesores y personal de confianza de la Administración del Estado.

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