El Gobierno ha dejado aparcada de momento la actualización de los coeficientes de plusvalía municipal en 2026. Con el despiece del famoso decreto ómnibus en dos decretos (por un lado, la subida de las pensiones y por otro, la moratoria antidesahucios) aprobados por el Consejo de Ministros, la subida de la plusvalía se queda en papel mojado. En algunos casos el incremento era de hasta el 40% de este impuesto en la mayoría de los periodos de tenencia de la vivienda de menos de 15 años. Así, los coeficientes que están en vigor son los de 2024.
En mayo de 2014 el Tribunal Supremo declaró que los terrenos que fueran urbanizables, pero sin nada construido, no debían pagar IBI urbano, sino rústico. Así, muchos contribuyentes con terrenos por los que pagaban IBI urbano pasaron a tributar como rústicos. También, solicitaron la nulidad de las liquidaciones de IBI pagadas en ejercicios anteriores. Sin embargo, el Alto Tribunal acaba de cerrar esta vía para respiro de los ayuntamientos.
A la hora de vender una vivienda, el vendedor debe pagar el famoso impuesto de la plusvalía municipal, pero sólo si ha obtenido ganancias. Y algunos juzgados están permitiendo actualizar los valores conforme al IPC para que el vendedor pueda obtener una pérdida y, por tanto, evitar pagar este impuesto. Otra triquiñuela legal que pueden aplicar algunos contribuyentes es utilizar los gastos de urbanización del terreno, los de notaría, registro e impuestos para incrementar el valor de adquisición del terreno y así obtener una pérdida.
España tiene la fiscalidad más elevada en la compra de una vivienda de segunda mano, del 7% de media, frente a una media mundial del 3,4%, según un estudio de la auditora uhy.
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