El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por unanimidad el recurso que presentó la Junta de Extremadura contra la decisión del Tribunal Supremo de ordenar demoler la 'Isla de Valdecañas', un complejo urbanístico de 134,5 hectáreas en los términos municipales de El Gordo y Berrocalejo, en Cáceres. Todavía quedan pendientes dos recursos de amparo por resolver para saber si esta urbanización puede seguir o no en pie, total o parcialmente.
El Constitucional ha decidido estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por Vox contra varios artículos y una disposición transitoria de la Ley del Parlamento de Cataluña 1/2022, de 3 de marzo, que modifica varias normativas para abordar la emergencia en el ámbito de la vivienda. Ha anulado el punto referente al valor de una expropiación forzosa en caso de incumplimiento de la función social de la propiedad de la vivienda. Recordamos que esta ley ya ha estado sobre la mesa de este tribunal, que meses después de su entrada en vigor declaró inconstitucional obligar a los grandes tenedores a ofrecer un alquiler social a sus okupas antes de interponer un proceso judicial.
El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad promovido por el PP contra determinados preceptos de la Ley de Vivienda por razones competenciales. En la sentencia se han anulado dos preceptos en los que se fijan requisitos de admisión a trámite de las demandas para recuperar la vivienda o para el inicio de la vía de apremio para la subasta. Sin embargo, el alto tribunal respalda el límite a los alquileres en las zonas declaradas como mercado residencial tensionado, ya que "aprecia una relación razonable o equilibrio justo entre los medios empleados y la finalidad pretendida".
El Tribunal Constitucional ha dado a conocer el resultado del primer recurso contra la Ley de Vivienda. Ante el escrito presentado por la Junta de Andalucía, ha avalado la mayor parte de la normativa estatal, justo cuando se acerca su primer aniversario. El Pleno del TC sí estima parcialmente algunos de los puntos cuestionados, como los relacionados con la invasión de competencias con las CCAA en materia de vivienda protegida, el parque público de viviendas o la información que deben aportar los grandes tenedores. El Tribunal aún tiene pendientes de resolver otros recursos presentados por varios gobiernos autonómicos.
Nuevo dictamen del Tribunal Constitucional en el que declara inconstitucional la Ley catalana de alquiler por invasión de competencias del Estado. Tras tumbar en un fallo anterior todo lo relacionado con la limitación de los precios de los arrendamientos, ahora anula la obligación a los grandes propietarios de ofrecer realojo o alquiler social a las familias vulnerables antes de iniciar el proceso de desahucio en el juzgado.
El Tribunal Constitucional ha concluido que la Ley catalana que imponía un impuesto sobre los pisos vacíos de forma injustificada durante más de dos años es legal. El Gobierno de Mariano Rajoy recurrió esta norma en 2016 con el respaldo del Consejo de Estado por entender que se metía en competencias estatales.
Lean el siguiente caso: un paisano de Asturias tenía que vender su pisito. Se fue a un agente inmobiliario, y este le dijo que se podía vender por 40.000 euros. "¿Solo eso?", pensó el paisano. "¡Pero si lo compré por 59.000 euros!". Da igual.
El tribunal constitucional ha descartado estudiar el recurso de un juzgado de sabadell sobre la cuestión de si el sistema de ejecuciones hipotecarias impedía aclarar el "carácter abusivo" de las hipotecas.
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