El registro salarial obligatorio para las empresas debe incluir valores medios y no individuales, según el TS
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que establece que las empresas están obligadas a disponer y facilitar a los sindicatos un registro salarial con los valores medios desagregados por sexo, pero sin que sea obligado incluir datos que permitan identificar la retribución individual del trabajador. El fallo es fruto de un recurso de casación interpuesto ante el Supremo por la empresa Ericcson España, que fue demandada por varios sindicatos ante la Audiencia Nacional por no proporcionarles todos los datos retributivos de la plantilla, incluidos los de los grupos profesionales o puestos de trabajo en los que sólo hay una persona destinada.