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¿Cómo se "escaquean" los bancos de quedarse con una casa embargada?

Todos sabemos que la banca se está quedando con miles de pisos de propietarios que no pueden pagar sus hipotecas y que no encuentran comprador en las subastas. Las entidades, para tratar de reducir el caudal de pisos que les está entrando en sus balances, recurren a menudo a lo que se denomina cesión de crédito con quitas o a la cesión de remate. ¿En qué consisten ambas fórmulas?

Cesión de crédito

La cesión de crédito consiste en pasar la hipoteca a un tercero antes de la subasta a cambio de un descuento (quita) del 10%, 20%, 30% o incluso el 50%. Por ejemplo, si un propietario debe 100.000 euros, el banco antes de quedarse con la casa "vende" la deuda a otra sociedad inversora por 75.000 euros. De esta forma evita quedarse con un piso y todos los costes asociados al procedimiento judicial (coste del abogado, procurador, costes procesales, intereses, etc.)

Además, recupera parte del capital de forma inmediata. A cambio renuncia al cobro de todo el dinero que en principio iba a cobrar al hipotecado, que pasa a depender de otra entidad que tiene el derecho de cobro de la deuda íntegra. De su pericia para cobrarla dependerá si al final ha hecho un buen o un mal negocio. Jaime álvarezdirector de pública subasta y catedrático interino de la universidad complutense de Madrid, recuerda que lo importante es hasta qué punto la situación del mercado en el futuro forzará a las entidades a generalizar esta alternativa

Cesión de remate

Por otro lado, otra fórmula que emplea el banco para que el piso no le llegue a su balance es la cesión de remate, que consiste en la cesión del piso con descuento a un tercero tras la subasta en la que se adjudica el piso. De esta forma, el piso no llega técnicamente al banco, sino que se "aparca" en otra sociedad que a veces puede incluso ser del propio banco. Sin embargo, la entidad sigue teniendo la obligación de contabilizar estos activos inmobiliarios adjudicados aunque los comercialice su inmobiliaria, es decir, la entidad tiene que consolidar balance, tal y como señala Eduardo Rodríguez de brujon, abogado de un banco

La banca sólo dispone de 20 días tras la subasta para buscar a un comprador y escriturar el bien directamente a nombre de éste último. Esto sólo lo pueden hacer los bancos y cajas y no las personas particulares que adquieran la vivienda vía subasta



Conclusiones

En el caso de las cesiones de crédito, el banco vende la deuda y su derecho de cobro. En el caso de la cesión de remate, vende un inmueble. El punto en común es que siempre se hace con descuento. Así, los bancos se ahorran gastos de escrituración, los impuestos de patrimonio, etc.
 

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53 Comentarios:

hierofante
20 Diciembre 2010, 23:14

Brutal Borja Mateo. Como gurka en las trincheras, no da abasto.

21 Diciembre 2010, 0:05

El único site que conozco que tiene cesiones es
Www.subastasde.com

21 Diciembre 2010, 0:36

In reply to by cesiones (not verified)

Jajajajaja y jajajaja

Si lo que tiene subastasde son cesiones que venga Dios a verme un ratito...

Es una web sin contenido real. Las subastas van pasadas de fecha, las cesiones llevan más tiempo en la web que lo que dura el pan bimbo en la nevera y de los adjudicados... de los adjudicados ni hablamos porque repiten como la cebolla y no caducan.

Seamos serios.

Por cierto al simpático que ha comentado que las cesiones las puede hacer cuaqluiera le animo a que se adjudique cualquier inmueble (o bien mueble) e intente ceder remate a un tercero (jajajaja) sin ser el ejecutante.

Y ya puestos que se espere más de los 20 días que marca la ley y luego que venga aquí a contarlo.

Así va España. Cuando no es uno es otro. Hablar por hablar. Y tu te fias. Y claro. Pasa lo que pasa.

Aunque para ser honestos la culpa de ese comentario no es del simpático... la verdadera culpa la tiene el juzgado que es el que se pasa los plazos por donde yo me se.

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