Hacer testamento es muy recomendable, y se trata de una gestión sencilla, económica y segura: te contamos todos los detalles
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Cómo hacer un testamento
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A nadie le gusta pensar en ello, pero la realidad es que hacer un testamento es un trámite muy recomendable que todos debemos llevar a cabo si queremos facilitar las cosas a nuestros seres queridos, muy especialmente si disponemos de un importante patrimonio que queremos repartir de una forma determinada y con el menor coste fiscal posible.

Te contamos cómo hacer un testamento en España, qué pasos debes dar, qué opciones existen y cuánto cuesta dar este paso. 

¿Cómo hacer un testamento?

Un testamento es un documento que permite a cualquier persona decidir el destino de sus bienes de cara a su sucesión mortis causa. Pero no todo vale, y existen determinados límites legales que siempre deben respetarse. 

Hacer testamento no es obligatorio, pero sí conveniente para realizar un reparto a medida o para disfrutar de las ventajas fiscales gracias a una planificación previa. Además, este trámite facilita las cosas a los herederos.

¿Cuál es el mejor tipo de testamento?

Existen dos tipos de testamento: el ológrafo y el testamento ante notario. Aunque ambos son perfectamente válidos, en general, es más recomendable realizar un testamento ante notario, especialmente teniendo en cuenta que se trata de un trámite económico que aporta máxima seguridad jurídica:

  • El testamento ológrafo lo hace el interesado (llamado legalmente testador) por su cuenta y debe estar fechado para ser válido, así como redactarse a mano. Se trata de una práctica en desuso, relegada a momentos de emergencia, porque puede dar problemas en cuanto a su autenticidad. También es más probable que contenga errores desde el punto de vista legal, pues suele elaborarse sin asesoramiento de un abogado o notario.
  • El testamento notarial, por su parte, es el que se realiza ante notario, y en él las garantías son plenas, ya que se formaliza mediante escritura pública y cuenta con el aval de legalidad del notario que interviene en el proceso, que también se encarga de custodiarlo con garantía de secreto y confidencialidad en cuanto a su propia existencia. Se trata de la fórmula más común y también de la más recomendable. 

¿Cómo hacer testamento sin ir al notario?

Basta con redactar a mano un documento firmado en el que recojas tus deseos, donde se refleje la fecha en que fue elaborado, y que cumpla con la legalidad. Por eso es importante, de cara a su validez y eficacia, que el contenido de este texto sea cotejado por un especialista en sucesiones. Además, si decides añadir correcciones, posteriormente, cada una de ellas deberá ir firmada.

¿Qué se necesita para hacer un testamento?

Tal y como explica el Consejo General del Notariado (CGN), simplemente deberás pedir cita en cualquier notaría y acudir a con tu Documento Nacional de Identidad (DNI), explicando a tu notario cómo quieres repartir tu patrimonio.

En algunos casos es posible que el notario solicite escrituras de tus bienes o más información sobre determinados datos, pero tampoco es necesario realizar un inventario. El resultado será un testamento notarial perfectamente legal que quedará registrado y custodiado por este fedatario público. 

En cuanto a si hace falta testigos para hacer testamento, en la actualidad no se exige la intervención de nadie más, salvo contadas excepciones. Además, podrás modificar tu testamento tantas veces como quieras, aunque tendrás que volver a pagar cada vez que lo hagas.

¿Cuánto cuesta hacer un testamento?

El precio de hacer un testamento es reducido: suele rondar los 40 euros, y muy rara vez supera los 50 euros. Acudiendo a este tipo de profesional tendrás la garantía de que tu documento cumple plenamente con la ley.

¿Qué puedo hacer (y qué no) en un testamento?

Uno de los motivos más frecuentes para hacer testamento consiste en modificar los porcentajes de reparto de la herencia que marca la ley, siempre dentro de los límites legales.

Otra posibilidad, compatible con la anterior, consiste realizar un reparto de bienes concreto, a medida de las necesidades y preferencias de los herederos. Esto es frecuente, por ejemplo, en caso de disponer de varios inmuebles. Este reparto exhaustivo también puede beneficiar a herederos voluntarios (no forzosos).

También podrás designar a un albacea, que será la persona que se encargue de dirigir el proceso hereditario para evitar conflictos, así como nombrar a un tutor que se encargue de gestionar el patrimonio de los hijos menores de edad, entre otras muchas cosas.

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