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1 Respuestas:
Puedes alquilarlo el tiempo que quieras, aunque como suelen necesitar obras de acondicionamiento para adaptarlo a su uso los inquilinos suelen pedir bastante tiempo para amortizar la inversión. Se puede hacer un contrato inicial de 2 años y mirar cómo funcionan los inquilinos, para luego pasar a 8 ó 10 más, condicionados al funcionamiento en los 2 primeros.
El arrendamiento de locales de negocio se rige por la LAU de 1994 (arrendaminetos para uso distinto de vivienda), y no se sabe si va a ser mejor o peor esperar hasta que no salga el texto de la nueva Lau aprobado y publicado en el BOE, para lo que aún falta bastante porque tiene que pasar el trámite parlamentario completo.
Esperar supone perder posibles rentas, así que es una decisión que debes tomar tú sopesando pros y contras. Los aspectos no contemplados en la LAU se rigen por el Código Civil, y con la unión de ambos pueden salir contratos muy bien hechos, para lo que te aconsejo busques el consejo de un buen profesional: una vez firmado el error ya es irreparable.
A mi entender, lo único que debes hacer es buscar garantías de cobro: avalistas, aval bancario, etc.
Suerte
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