En la compra venta de una vivienda unifamiliar en la que se han ampliado los metros habitables por encima de lo que señalan las Ordenanzas municipales para el polígono en cuestión, ¿Se puede arreglar en la escritura de compra-venta?
En la compra venta de una vivienda unifamiliar en la que se han ampliado los metros habitables por encima de lo que señalan las Ordenanzas municipales para el polígono en cuestión, ¿Se puede arreglar en la escritura de compra-venta? ¿Estará siempre sujeta a un posible expediente de infracción urbanísti
Según la "intensidad" de la ampliación, y el tiempo transcurrido, puede ser legalizable esa ampliación, quizá pagando una multa o compensación al ayuntamiento. Aconsejamos consultarlo con un arquitecto con conocimiento de las normas y costumbres de ese ayuntamiento, o con un abogado urbanista igualmente conocedor. En la escritura de compraventa se puede describir la vivienda tal cual es realmente, además de tal como figura en la anterior escritura de compraventa o en el registro de la propiedad, e incluso solicitar al registrador, desde la propia escritura, que inscriba la nueva descripción de la vivienda, lo que no significa que el registrador la tenga que inscribir con la nueva descripción y nueva superficie. Cabría hacer una nueva descripción y no variar la superficie total que conste en el registro. Podeis consultarlo con el notario, que os aconsejará al respecto.
2 Respuestas:
En la compra venta de una vivienda unifamiliar en la que se han ampliado los metros habitables por encima de lo que señalan las Ordenanzas municipales para el polígono en cuestión, ¿Se puede arreglar en la escritura de compra-venta? ¿Estará siempre sujeta a un posible expediente de infracción urbanísti
Según la "intensidad" de la ampliación, y el tiempo transcurrido, puede ser legalizable esa ampliación, quizá pagando una multa o compensación al ayuntamiento.
Aconsejamos consultarlo con un arquitecto con conocimiento de las normas y costumbres de ese ayuntamiento, o con un abogado urbanista igualmente conocedor.
En la escritura de compraventa se puede describir la vivienda tal cual es realmente, además de tal como figura en la anterior escritura de compraventa o en el registro de la propiedad, e incluso solicitar al registrador, desde la propia escritura, que inscriba la nueva descripción de la vivienda, lo que no significa que el registrador la tenga que inscribir con la nueva descripción y nueva superficie.
Cabría hacer una nueva descripción y no variar la superficie total que conste en el registro.
Podeis consultarlo con el notario, que os aconsejará al respecto.
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