Pregunta de

1 Respuestas:

BROSH
3 Octubre 2010, 22:05

Debes consultar en el departamento de vivienda o urbanismo del ayto. Si esos locales están aceptados como uso de viviendas. Lleva la escritura anterior y el recibo de ibi. Si no son aceptados como vivienda, correrás el riesgo de que en algún momento el ayto. Tome medidas.

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