Hola, lo mejor negociar con el comprador, ya sabemos que las obras de mejora van a ser en beneficio del comprador, pero por ley quien es el propietario en el momento de aprobarse la ejecución de unas obras en la comunidad en junta extraordinaria aunque el pago de la derrama se realice en pagos posteriores, será este el obligado de pago ya que los pagos aplazados son una facilidad de pago simplemente. Suerte. Un saludo
La Ley de Propiedad Horizontal establece que las derramas para el pago de las mejoras realizadas o por realizar en el inmueble serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras. Esto es, el propietario es responsable del recibo que se le emite a partir del momento en que él es propietario con independencia de la fecha en que se aprobó la derrama. Por lo que aconsejamos negocie con el comprador este aspecto.
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Hola, lo mejor negociar con el comprador, ya sabemos que las obras de mejora van a ser en beneficio del comprador, pero por ley quien es el propietario en el momento de aprobarse la ejecución de unas obras en la comunidad en junta extraordinaria aunque el pago de la derrama se realice en pagos posteriores, será este el obligado de pago ya que los pagos aplazados son una facilidad de pago simplemente. Suerte. Un saludo
La Ley de Propiedad Horizontal establece que las derramas para el pago de las mejoras realizadas o por realizar en el inmueble serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras. Esto es, el propietario es responsable del recibo que se le emite a partir del momento en que él es propietario con independencia de la fecha en que se aprobó la derrama. Por lo que aconsejamos negocie con el comprador este aspecto.
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