en una de las clausulas dice que sino se arreglaba una incidencia en el registro antes del 31/07 se podía resolver el contrato y recuperar el dinero pagado. En el anexo de ampliacion no aparece que se mantenían las del anterior.. Puedo resolver el contrato acogiéndome a esa cláusula anterior? Los trámites del registro se pararon para poder hacer la compra porque iba a tardar mucho....eso iría en mi contra?

Gracias

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