EXISTE DERECHO DE TANTEO Y RETRACTO INSCRITO SOBRE LA VIVIENDA, PUEDO COMPRARLA SIN PROBLEMA
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1 Respuestas:
Hola Ofelia,
Las viviendas protegidas en la Comunidad de Madrid tienen un plazo máximo de protección de 50 años. Una vez transcurrido este periodo, la vivienda se convierte en libre, conservando únicamente una anotación en el Registro de la Propiedad.
En cuanto a los derechos de tanteo y retracto, su plazo máximo es de 8 años desde 2005. En los informes de venta, se especifica lo siguiente: "se informa que no es de aplicación lo dispuesto en la Orden 2907/2005, de 23 de septiembre, sobre derecho de tanteo y retracto a favor de la Comunidad de Madrid, dado que han transcurrido los ocho años de vigencia máxima desde la fecha de su publicación, según lo establecido en el artículo 182.3 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid".
Espero que esta información te sea útil. Si tienes alguna pregunta adicional, estaré encantado de ayudarte.
Saludos cordiales,
Templo Consulting
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