Hola gema, el plan de vivienda 2005-2008 de la comunidad de Madrid fija los mismos requisitos para viviendas protegidas que se compran a promotoras o que se construyan en autopromoción, como es el caso de las comunidades de bienes, y son: - destinar la vivienda a domicilio habitual - ingresos máximos (5,5 ó 7,5 veces el iprem, según tipología) - no disponer de vivienda en propiedad con protección en territorio nacional o libre en la comunidad de Madrid, con la excepción de que ésta tenga un valor, según el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que no exceda del 40% del precio máximo total de venta (inferior al Precio Máximo Legal de Venta o PMLV) no sé en qué se basa la gestora para decirte que en autopromoción no es necesario cumplir el requisito de carecer de vivienda. La única excepción que se me ocurre es que te vendan la casa como vivienda usada y no como vivienda nueva. En segunda transmisión de vivienda protegida ya no se requiere cumplir ningún requisito (en la comunidad de Madrid), pero lo normal al comprar en una comunidad de bienes es que sea primera transmisión un saludo, Elena
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Hola gema, el plan de vivienda 2005-2008 de la comunidad de Madrid fija los mismos requisitos para viviendas protegidas que se compran a promotoras o que se construyan en autopromoción, como es el caso de las comunidades de bienes, y son: - destinar la vivienda a domicilio habitual - ingresos máximos (5,5 ó 7,5 veces el iprem, según tipología) - no disponer de vivienda en propiedad con protección en territorio nacional o libre en la comunidad de Madrid, con la excepción de que ésta tenga un valor, según el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que no exceda del 40% del precio máximo total de venta (inferior al Precio Máximo Legal de Venta o PMLV) no sé en qué se basa la gestora para decirte que en autopromoción no es necesario cumplir el requisito de carecer de vivienda. La única excepción que se me ocurre es que te vendan la casa como vivienda usada y no como vivienda nueva. En segunda transmisión de vivienda protegida ya no se requiere cumplir ningún requisito (en la comunidad de Madrid), pero lo normal al comprar en una comunidad de bienes es que sea primera transmisión un saludo, Elena
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