Hola, mi primera recomendación visitar la web; www.gencat.cat En segundo lugar tener en cuenta que existe un registro de compradores de la generalitat; http://www.registresolicitants.cat/ En cuanto a los los ingresos familiares ponderados no deben superar 5,14 veces el irsc en promociones de régimen general, 2,33 veces el irsc en régimen especial y 6,08 veces el irsc en precio concertado. Si bien, aparte de estos requisitos genéricos, que son los imprescindibles, para cada promoción de viviendas habrá los específicos de cada municipio, que se concretarán en las normas particulares que se elaboran para cada promoción. Un saludo
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Hola, mi primera recomendación visitar la web; www.gencat.cat
En segundo lugar tener en cuenta que existe un registro de compradores de la generalitat; http://www.registresolicitants.cat/
En cuanto a los los ingresos familiares ponderados no deben superar 5,14 veces el irsc en promociones de régimen general, 2,33 veces el irsc en régimen especial y 6,08 veces el irsc en precio concertado.
Si bien, aparte de estos requisitos genéricos, que son los imprescindibles, para cada promoción de viviendas habrá los específicos de cada municipio, que se concretarán en las normas particulares que se elaboran para cada promoción.
Un saludo
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