No puedes vender primero y después cancelar el préstamo y devolver las ayudas, debe hacerse al revés. Hasta que no cumplas ese requisito no podrás tener el justificante de la administración que te permite cerrar la compraventa, por lo que no podrías escriturar
1 Respuestas:
Hola Javier,
No puedes vender primero y después cancelar el préstamo y devolver las ayudas, debe hacerse al revés. Hasta que no cumplas ese requisito no podrás tener el justificante de la administración que te permite cerrar la compraventa, por lo que no podrías escriturar
Saludos,
Elena
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