La moratoria hipotecaria para los parados amplía su flexibilidad. Por un lado se amplía un año, hasta el 28 de febrero de 2011, el plazo para que un parado se reduzca hasta en un 50% el pago de su hipoteca
Por otro, se amplía en cinco años el plazo que tendrá posteriormente el parado para devolver ese dinero que ha dejado de pagar. Con esta medida, el plazo para devolver el dinero en la moratoria hipotecaria pasa de 10 a 15 años
A la moratoria parcial del pago de las cuotas hipotecarias se pueden apuntar los parados, los autónomos sin negocio y los pensionistas con cargas familiares. Podrán dejar de pagar el 50% de su cuota hipotecaria, con un máximo de 500 euros por mes durante 24 meses, siempre y cuando su hipoteca sea inferior a los 170.000 euros y el banco o caja esté en la lista de entidades que permiten esta moratoria hipotecaria
El inicio de esta medida se ha retrasado al 1 de marzo de 2009
¿Cómo funciona la moratoria hipotecaria?
Recursos disponibles
Esta línea cuenta con una dotación máxima de 6.000 millones de euros
Desde el 1 de marzo de 2009 hasta el 28 de febrero de 2011 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha de finalización indicada
La línea tiene como objetivo el aplazamiento temporal y parcial en la obligación de pago del 50% del importe de las cuotas hipotecarias de los años 2009, 2010 y 2011 con un máximo de 500 euros mensuales, a favor de determinados colectivos, titulares de una hipoteca sobre su vivienda habitual que haya sido suscrita antes de 1 de septiembre de 2008 y que no se encuentre en situación de mora
El aplazamiento se instrumentará a través de un contrato firmado entre el cliente y la entidad de crédito
Tienen que reunir al menos una de las siguientes condiciones
1) Ser trabajador por cuenta ajena en situación legal de desempleo y encontrarse en esta situación, al menos, durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud, así como tener derecho a prestaciones por desempleo, contributivas o no contributivas
2) Ser trabajador por cuenta propia que se haya visto obligado a cesar en su actividad económica, manteniéndose en esa situación de cese durante un periodo mínimo de tres meses
3) Ser trabajador por cuenta propia que acredite ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), durante al menos, tres mensualidades
4) Ser pensionista de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario, y en todo caso, en fecha posterior al 1 de Septiembre de 2008.
En todo caso, será requisito imprescindible para poder acogerse a la medida que el deudor no se encuentre en mora
La existencia de las condiciones subjetivas señaladas en el punto anterior se acreditará por los titulares mediante la presentación ante la entidad de crédito de los siguientes documentos, según corresponda
- En caso de situación legal de desempleo, mediante certificado expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal
- En cuanto al cese de actividad de trabajadores por cuenta propia mediante el certificado que expida la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado
- En caso de trabajadores por cuenta propia con ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del IPREM, mediante certificado de la declaración responsable efectuada por el trabajador ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- En el caso de viudedad, mediante certificado expedido por el correspondiente organismo de la Seguridad Social
Importe máximo de la hipoteca
Podrán acceder a esta línea los titulares de préstamos hipotecarios con un importe inicial formalizado inferior a 170.000 euros.
Hasta 12.000 euros
Podrán ser de hasta 15 años, debiendo tenerse en cuenta que el plazo de vencimiento del crédito hipotecario, en ningún caso podrá ser inferior al plazo a formalizar en el contrato de aplazamiento.
El tipo de interés para el cliente será variable, referencia ICO + 0,80%
Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación, sin que la misma implique penalización alguna para el cliente
Directamente en lasoficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.
El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación
La entidad de crédito no podrá exigir garantías al cliente
26 Comentarios:
Hola yo tambien tengo la hipoteca en caixa catalunya y tambien me pasan con razones ya no se que hacer más para que me escuchen. Si que han firmado, pero no les interesa ponerlo en marcha.
Fui a caja Madrid y pregunte que nosotros que tenemos hipoteca de vivienda popula r teniamos derecho a la moratoria de los dos años? me contestaron que no teniamos derecho a esta moratoria. Estoy cobrando 9oo euros mi esposa y yo y pago 850 euros a caja Madrid. Que hago? dejaria de comer?
A ver, yo lo flipo, por fin me llaman del banco hoy y me dicen que no me puedo acojer a la ayuda del gobierno porque no estoy cobrando paro, el paro lo deje de coobrar en septiembre, estoy mas jodido aun y ¿¿no puedo acojerme??, pero esto que esss??.
Alguien puede informarme si esto es cierto o donde puedo preguntar.
No cobro nada, hipoteca de casi 1000 euros mensuales. Mi pareja(trabajo fijo y avalista mio) que me ayudaba esta sin cobrar 2 meses y medio.
&Iquest;¿que hago??.
Gracias.
Empezad por no consumir o ir a sitios donde solo trabajen extranjeros y empezara haber trabajo para unos pocos pero algo es algo
A mi en el banco me dan largas y largas y largas. Cómo puedo exigirles que cumplan con la iniciativa gubernamental. Ya estamos a 1 de marzo y seguimos asi desde hace 4 meses.
Hola
Yo acabo de llamar a la caixa dónde tengo mi hipoteca que actualmente pago 1040 euros, muy fuerte, pago dos coches y en estos momentos sólo gana mi marido, yo me he quedado en paro, sólo nos da para pagar la hipoteca y los dos coches y de que comemos??????
La caixa me ha dicho q estaba ocupada y q me llamaría, pero no lo ha hecho...... q fuerte......................
Puede esto con la sociedad, nos vamos a pique..............todos los hipotecados en paro............
CG
Te parecera poco, estar pagando una hipoteca de 1040 euros, y dos coches. Cuanto ganaís entre los dos, aunque estés en el paro? Vende algún coche y comerás!
La ley es aplicable desde el dia 01 de marzo , pero parece ser que los bancos no tienen muchas ganas de aplicarla.
Para cogerte el dueño de la hipoteca tiene que estar como minimo tres meses en paro, y estar al dia en el saldo del banco o caja de ahorros.
Su excusa es que los programas informaticos no estan todavia preparados.
Lo cual me ha explicado un director de una sucursal que eso son milongas , y si cumples los requesitos puedes denunciar al banco.
Ahora voy y me dicen hipotecas hasta 170 mil euros y yo que pedi 300.000 euros pago 1.545 euros me quede en paro hace 4 meses con el finiquito (4.800 euros)e ido tirando como e podido la ultima salvacion aplazar 2 cuotas que eso si puedo pero una vez al año y ¿Ahora que hago?Cobro 902 euros los 3 primeros meses ahora me bajo a 700 euros y me dicen que no tengo derecho ¿Como que no si pago mas de hipoteca?Pues el banco dice que no y yo le dije que no voy a dejar de comer total a un que dejara de comer tampoco me llega
A ver que no he entendido bien... una hipoteca de 300.000 euros (cuanto valía el pisito) en paro y sólo te dan de finiquito 4.800 euros... poco tiempo llevabas fijo no?? y por lo que se ve no te queda nada ahorrado.... y tu nómina mas alta de la media no parece,no?? esto parece un suicidio economico en toda regla. Suerte
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