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Como cada semana idealista.com te ofrece videos prácticos sobre el mercado de la vivienda. En esta ocasión te enseñamos las condiciones de los contratos de arrendamiento. Hay dos tipos de contrato, los anteriores a 1985 y los posteriores a esta fecha


Esta colección de videos de "el administrador en casa" se trata de videos cedidos por el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (cafmadrid) con la colaboración de idealista y por una iniciativa del consejo general de colegios de administradores de fincas de España

 

 

Por ejemplo, quienes tienen contratos de alquiler de renta antigua que se rigen por la ley de 1964 al cónyuge se le reconoce una subrogación con prórroga forzosa en caso de muerte del titular y otra subrogación más para los descendientes que vivan en el piso. Pese a que los arrendatarios tienen prórrogas forzosas, existen diversas causas para la resolución del contrato, como falta de pago o hacer obras sin el consentimiento del propietario


Aunque la renta de estos pisos suele ser baja, hay diversos conceptos que hacen que se actualice anualmente, como el aumento del ipc, el ibi o las obras de conservación

 

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24 Comentarios:

Anonymous
26 Octubre 2010, 17:23

Por favor que una vez por todas se revisen esta ley, es injusta totalmente. Deja desamparadas a un monton de familias que tienen pisos alquilados y sus propios hijos no tienen donde vivir. Hay que hacernos oir. Ya está bien.

Anonymous
27 Diciembre 2010, 20:22

Buenas tardes:
Me hace mucha gracia de la queja de los propietarios,los contratos antiguos la malloria habia, que dar un traspaso bastante alto por cierto y el alquiler abtualizao y la subida cada año."eso si, el traspaso no reflejaba en los contratos era en negro"
Que os pensabais que con el piso del abuelo,ibais a vivir de renta

Anonymous
13 Abril 2011, 1:59

Es una injusticia enorme!!!!
Cuándo esos inquilinos tienen maneras y avisos de para comprar el piso donde viven que tanto "quieren" por dos duros literalmente, y dicen que no!!!!

Dónde está la ley de apoyo al propietario??

Y cuándo se retrasan unos días o incluso un mes en el recibo del alquiler que tienen que pagar y es irisorio??

Mantenimiento???, que mantenimiento van a hacer ellos, si el piso no es suyo?? en cambio tu no puedes hacer nada, para mejorar su calidad de vida, a no ser que el lo pida!!!!

El aumento es el ipc, que locura desde hace 40 años siguen pagando lo mismo, y yo sin techo durmiendo en albergues!!!

Y no os engañeis, es muy pero que muy dificil hechar a un inquilino de su piso de renta antigua, casi bien imposible!!!

Y señores no es ganar dinero y dejar de trabajar, sino que cuando el ayuntamiento dice aquí una rehabilatación, tenemos que pagar, y si ni siquiera pagais para pipas, de donde lo sacamos???
Igual que la vida va progresando poco a poco, esto tendría que ser igual, que no hacemos el agosto, que tenemos que pagar como todo cristiano!!!!!!!!
Quizá, no seria lo mismo si hurgaramos en la llaga de los alquileres de hoy en dia que están inflados,....... nooooooooo??

Un poquito de solaridad!!! para esa gente, que no está en nuestro pellejo, y que pobre ignorantes de la vida que no saben de que hablan!!!!!!!!!!

Anonymous
4 Septiembre 2012, 19:35

Los abusos siempre son malos. Yo nunca compraria una vivienda para alquilarla. Siempre existirán políticos demagogos y delincuentes que pueden quitártela como ha pasado.

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