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El Gobierno saca pecho de los resultados que está obteniendo el Código de Buenas Prácticas (CBP) que aprobó en 2012 para forzar a la banca a buscar una solución para las familias vulnerables con problemas para pagar su hipoteca.

Según los datos del Ministerio de Economía, durante estos cinco años de vigencia, el código ha permitido a 45.697 hogares reestructurar su deuda hipotecaria a través de diferentes vías. En la mayor parte de los casos (38.595) la solución ha sido la reestructuración de la deuda pendiente de pago, mientras que se han llevado a cabo 7.095 daciones en pago y 7 quitas de deuda.

De todas esas cifras, 5.223 operaciones se han llevado a cabo entre julio y diciembre del año pasado, un dato muy positivo según el organismo liderado por Luis de Guindos. “Se observa una reducción de las solicitudes de reestructuración de deuda a través del CBP en correlación con el impulso de la economía española. En total, en el segundo semestre de 2016 se han recibido 9.239 solicitudes frente a las 17.306 del primer semestre”, explica el informe. Dicho de otro modo: en solo medio año el número de peticiones se ha desplomado un 46,6% gracias a factores como la mejora económica, la creación de empleo y los bajos tipos de interés que reinan actualmente en la eurozona.

La última cifra oficial es la más baja desde el año 2013. A pesar de que por aquel entonces los datos no se recogían por semestres naturales, sí que observamos que entre abril y septiembre de dicho ejercicio se llevaron a cabo 5.468 solicitudes, prácticamente la mitad que entre julio y diciembre del año pasado. Es más, en los nueve primeros meses de vida del código, el número de solicitudes ni siquiera llegó a 4.400.

Por regiones, hay pocas novedades: las autonomías que siguen liderando las solicitudes son Andalucía, Cataluña y Comunidad Valenciana, mientras que a nivel provincial Barcelona y Sevilla son las primeras del ranking, una tendencia que se viene observando desde principios de 2015, aunque Valencia ha sustituido a Madrid en la tercera plaza. Otras de las características comunes en las solicitudes es que su deuda hipotecaria se encuentra entre los 100.000 y los 150.000 euros y que el tipo medio de sus préstamos se supera el 2%.

Economía también recuerda que no todos los deudores hipotecarios están protegidos por el Real Decreto-ley aprobado en marzo de 2012. Éste solo puede beneficiar a los que son los titulares de préstamos o créditos con garantía hipotecaria, que se encuentran con dificultades sobrevenidas para hacer frente a los pagos de sus préstamos y las cuotas a pagar superan el 50% o 40% de sus ingresos. Según la norma actual, quienes cumplan estas características pueden solicitar una reestructuración de su deuda, una reducción de la misma de modo que disminuya el importe de sus cuotas o, en último término, entregar la vivienda quedando cancelada la deuda.

Más de 9.000 viviendas sociales

Economía también ha aprovechado para hacer balance de los hogares que se han beneficiado en los últimos años de otras ayudas al margen de las que incluye el Código de Buenas Prácticas. Si a ellas sumamos los lanzamientos que han sido suspendidos a través de la moratoria hipotecaria (24.039) y los que han conseguido una vivienda del Fondo Social (9.062), el número de hogares vulnerables beneficiados se eleva a 78.798.

Y todo apunta a que dicho balance seguirá in crescendo próximamente, sobre todo teniendo en cuenta que el Fondo Social de Vivienda se ha prorrogado un año más, tras vivir previamente dos ampliaciones. De momento, se mantendrá operativo hasta el 17 de enero de 2018.

El objetivo de este fondo es ofrecer viviendas en alquiler cuya renta va desde los 150 y los 400 euros mensuales, estableciendo un límite máximo del 30% de los ingresos de la unidad familiar. Además, se han incluido nuevos colectivos que pueden optar a una vivienda de este tipo: pueden solicitarlo las personas mayores de 60 años y los matrimonios o parejas de hecho sin hijos.

Por otro lado, se prevé que al menos el 5% de las viviendas que tiene en cartera el fondo se destinen a personas desalojadas de su vivienda por impago de préstamos no hipotecarios siempre que cumplan los demás requisitos. Entre ellos, haber perdido la vivienda habitual después del 1 de enero de 2008 por impago de un préstamo hipotecario, incluyendo aquellas que todavía no hayan sido desalojadas o las que hayan acordado la dación en pago.

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