El pleno del Parlamento de Cataluña ha convalidado hoy el Decreto Ley que modifica la definición de vivienda vacía para dejar claro que la ocupación ilegal no impide que una vivienda se considere vacía, con lo que deja la puerta abierta a los okupas, aunque el propietario haya iniciado acciones judiciales para desahuciarlos. Algún grupo político ya ha avanzado que presentará recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Además, esta ley (el Decreto Ley 1/2020 que se aprobó el pasado 21 de enero) también contempla que se considerará una vivienda vacía cuando el inmueble esté deshabitado sin causa justificada durante más de dos años.
La definición modificada queda así: “la vivienda vacía es la que permanece desocupada permanentemente, sin causa justificada, por un plazo de más de dos años”.
Para la Generalitat, causas justificadas son el traslado por razones laborales, el cambio de domicilio por una situación de dependencia, el abandono de la vivienda en una zona rural en proceso de pérdida de población y el hecho de que la propiedad de la vivienda sea objeto de un litigio judicial pendiente de resolución. La ocupación sin título legítimo no impide que se pueda considerar vacía una vivienda.
El despacho de abogados Ashurst señala que la votación ha sido ajustada tal y como se esperaba, después de que el Consejo de Garantías Estatutarias (CGE) de Cataluña informara en contra de la validación el pasado 17 de febrero. De hecho, algún grupo ha avanzado que presentará recurso de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional. En cualquier caso, de momento la definición está en vigor, tal y como recuerda el despacho.
El Decreto ha sido validado con 77 votos favorables de JxCat, ERC, comuns y la CUP, y 57 en contra de Cs, PSC-Units y el PP. En la votación para convalidar la nueva ley de vivienda de Cataluña el pasado mes de febrero, JXCat, ERC, Comuns y la CUP votaron a favor, mientras que el PSC se abstuvo y Ciudadanos y el PP votaron en contra.
El CGE estima que este decreto ley vulnera los derechos de los propietarios porque avala la ocupación ilegal. Según su dictamen, considera que la norma catalana “legaliza” la ocupación bajo “la influencia de Podemos”. En concreto, el CGE establece que la nueva redacción a la definición de “vivienda vacía” es “inconstitucional porque vulnera los artículos 9.3 y 33 de la Constitución, por lo que hace referencia a la supresión como causa justificada de la desocupación permanente de la vivienda la ocupación de ésta sin título legítimo, cuando la persona propietaria acredite haber iniciado las acciones judiciales adecuadas para la recuperación efectiva de la posesión, antes de cumplirse el plazo de dos años por considerar la vivienda como vacía”.
Además, el Consejo de Garantías recuerda que la nueva ley de vivienda ya convalidada en el Parlamento establece una medida que ya ha traído mucha polémica: obligar a los inversores a ofrecer alquileres sociales a okupas que hayan ocupado una vivienda vacía (adquirida tras una ejecución hipotecaria, en dación en pago o desahucio) si los mismos demuestran que estaban ocupando la vivienda desde antes del 30 de junio de 2019 (6 meses). Y los grandes arrendadores (bancos o fondos) no se salvarán, aunque hayan interpuesto la correspondiente denuncia por okupación ilegal en el juzgado.
El CGE señala en este punto una vulneración de la Constitución Española. “El establecimiento de importantes sanciones y multas económicas en los casos de falta de una oferta de alquiler social previo a la interposición de una demanda judicial podría considerarse una restricción o un freno que obstaculiza indebidamente la libre decisión de interponer la pertinente demanda de recuperación de la posesión ilegalmente perdida (artículo 250.1.4t de la Ley de Enjuciamiento Criminal), con la consiguiente vulneración del artículo 24 de la Constitución”.
Además, el Consejo de Garantías estima que “si el propietario que se propone recuperar judicialmente la posesión cumpliera con dicha obligación e hiciera la oferta de alquiler social, una vez ésta fuera aceptada por el ocupante, la pretensión de recuperar la plena posesión de la vivienda se vería frustrada, por imperativo de esta misma norma, como mínimo, como hemos visto, por la duración prevista por la legislación de arrendamientos urbanos, que puede ser objeto de renovación, también forzosa, por otro período igual, si se mantiene los parámetros de exclusión residencial”.
43 Comentarios:
Una pregunta, "Vivienda vacia" implica que no hay muebles, electrodomesticos, etc ?
Vivienda vacía significa que durante 2 años el propietario no ha dedicado ni 5 minutos a justificar (y tiene decenas de motivos claramente estipulados por ley ) que está vacía.
Llamais "okupas" a familias en estado vulnerable y "propietario" a grandes grupos especuladores con más de 15 viviendas en propiedad? Madre mia con el idealista, estais desbocados en vuestra defensa de las grandes fortunas y la extrema derecha... Os olvidais del un derecho fundamental de la constitución, el derecho de todo español a una vivienda digna. Menuda manera de manipular una de las leyes más progresistas que se vieron en España en los últimos tiempos...
El derecho a una vivienda digna no significa que yo te la tenga que pagar.
Y en que punto de la ley catalana se dice que me la tienes que pagar tú? Me lo puedes explicar por favor? Eres acaso propietaria de más de 15 viviendas?
Bueno quejarse mejor a Pablo Iglesias que con todo el dinero que gasto en su nueva casa se podría haber destinado ayudar a personas sin hogar. Hay personas que por motivos de trabajo deben estar viajando,no les queda otra para poder pagar, aun así aprovechan y ocupan su casa. Eso lo ves bien?? Quien primero debería dar ejemplo son los políticos q se gastan burradas de nuestro dinero en sus casas, coches y otras tonterías. La solución no es quitarle a otro ciudadano q tu no sabes realmente su situación real. Si no protestar por cambios de sueldo de políticos y la devolución de gastos en sus casas y demás. Hay personas que se pegan toda su vida trabajando y ahorrando para comprarse un triste apartamento de vacaciones y eso no le da derecho a nadie a quitárselo por la cara. Q le exijan al gobierno una vivienda y estos actúen como tal. Pero claro si nos callamos y después nos puteamos entre nosotros pues ehhh si vamos bien... Pssss
en ningun sitio de la constitucion dice que tengamos todos derecho a que nos regalen una casa.
propietario es el dueño de una cosa, te parezca justo o injusto.
si avalas que cualquiera pueda pegar la patada a la puerta y meterse en una vivienda, tendrias que aceptar que alguien le pegue una patada a tu casa (que seguro que no tendrás claro, si no no dirias lo que dices) o a la de tu madre o de tus abuelos, o de tu coche o que te cojan la llaves de las moto y se la lleven...
Me gustaría saber tu opinión si te ocupasen tu casa. Y si tengo 1, 2 ó 3 pisos vacíos son míos. Que pena que a los que han aprobado esta ley no le ocupen su casa.
Nadie tiene derecho a quitarme o apoderarse de algo que es mío.
Tienes razón, la Constitución dice que toda persona tiene derecho a una vivienda digna pero en ningún sitio dice que tienes derecho a quitarle o ocuparle la vivienda a una persona.
Estamos en una democracia no en una anarquía!!!!
El derecho a una vivienda digna no esta entre los derechos fundamentales de la constitución, ni tan siquiera es un derecho individual que pueda reclamar el ciudadano delante de los tribunales (como sí lo es el derecho a la libertad de expresión, o el derecho a la inviolabilidad del domicilio, etc.)
El derecho dice. ¿Y qué derecho tengo yo de que me okupen una casa que he pagado con mi trabajo y mi dinero? Curra y gánate la vida, pero no asaltando casas con propietarios. Perroflautas, maleantes, que queréis vivir bien sin pegar un palo al agua.
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