Si vuestro régimen económico matrimonial es de ganaciales, creemos que una posibilidad es hacer separación de bienes y atribuir a uno de los dos la titularidad del piso. Si tenéis régimen de separación de bienes, pues tu marido puede hacer la transmisión de su 50% a tu favor, por vía de donación , o por vía de venta. Esto generaría unos gastos y una repercusión sobre el irpf que debeis consultar, quizá incluso en el apartado fiscal de este mismo consultorio.
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Si vuestro régimen económico matrimonial es de ganaciales, creemos que una posibilidad es hacer separación de bienes y atribuir a uno de los dos la titularidad del piso.
Si tenéis régimen de separación de bienes, pues tu marido puede hacer la transmisión de su 50% a tu favor, por vía de donación , o por vía de venta. Esto generaría unos gastos y una repercusión sobre el irpf que debeis consultar, quizá incluso en el apartado fiscal de este mismo consultorio.
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